Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Julio de 1993

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución16 de Julio de 1993
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.A.A., apoderado judicial del licenciado GENARINO ROSAS, apeló de la sentencia de 2 de junio de 1993 dictada por el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA mediante la cual " DENIEGA el Amparo de Garantías Constitucionales propuesto por GENARINO ROSAS contra el auto No.156 de 27 de abril de 1993 proferido por el JUEZ Tercero Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, en el sumario seguido a ARMANDO GUILLÉN y Otros por el delito de apropiación indebida en perjuicio de la CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL (COFINA).".

Por cumplidas las reglas de reparto el caso se encuentra en estado de resolver y a ello se procede previas las consideraciones que a continuación se expresan.

El examen de la actuación ilustra que el licenciado GENARINO ROSAS, mediante poder especial otorgado a varios abogados, interpuso demanda de Amparo de Garantías Constitucionales en contra de la "..orden de hacer contenida en el Auto No.156 del 27 de abril de 1992, proferida por el Juez Tercero del Circuito Judicial de Panamá, donde se ordena la ampliación del sumario seguido a A.G.H., F.F.G.Y.O.B.I. por el delito de Apropiación Indebida en Perjuicio de COFINA y la indagatoria de mi mandante."

Ello significa, entonces, que la acción de Amparo de Garantías Constitucionales, en el caso venido en grado de apelación al Pleno de la Corte, está enderezada contra la supuesta orden de hacer contenida en un auto mediante el cual el tribunal competente de la causa penal, dentro de sus facultades jurisdiccionales decisoria, ordena al funcionario de instrucción la ampliación de un sumario, determinando concreta y claramente los puntos sobre los cuales ha de versar la ampliación de conformidad con lo que dispone el artículo 2204 del Código Judicial, subrogado por el artículo 48 de Ley 3 de 22 de enero de 19991, entre estos puntos el de que se tome "... declaración indagatoria al Licdo. GENARINO ROSAS".

El Tribunal Superior al denegar el amparo de garantías propuesto por el licenciado G.R., entre otras razones, en la sentencia apelada expresa lo siguiente:

"Si bien la Fiscal Primera del Primer Circuito Judicial de Panamá en su vista No.40 que corre de (fs.1373 -1390) del sumario determinó que G.R.R. "debe responder civilmente de su irresponsable actuar" el sumario no ha concluido y es al J. del conocimiento como consta en el acto de autoridad cuestionado a quien corresponde entre las diligencias de ampliación ordenar recibirle indagatoria a todas aquellas personas que...

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