Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 22 de Diciembre de 1997

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado U.V.R., actuando en representación de M.A.G., presentó ante el Pleno de la Corte Suprema acción de amparo de derechos fundamentales contra la orden de hacer contenida en la resolución N° 071-97 D. G., de 21 de enero de 1997, dictada por la Directora General de la Caja de Seguro Social, en la que se ordena "a la empresa Mounier Alameddine Gozaine (El Gran Caimán) ... pagar a la Caja de Seguro Social, la suma de dos mil ciento nueve balboas con cuatro centésimos (B/.2,109.04), en concepto de cuotas de seguro social, prima de riesgos profesionales, décimo tercer mes y recargos de ley; sumas dejadas de pagar durante el período comprendido del mes de febrero de 1994 a marzo de 1996, más los intereses que se causen hasta la fecha de su cancelación" (f. 6).

Corresponde determinar en este momento si la demanda presentada cumple con los requisitos de ley en cuanto a su admisibilidad.

Se advierte que la resolución atacada tiene como sujeto pasivo a una persona jurídica -"la empresa Mounier Alameddine Gozaine (El Gran Caimán)"-, circunstancia sobre la cual nada dice el recurrente, a pesar de que comparece en amparo en tanto que persona natural, alegando la vulneración de sus garantías constitucionales, lo que apunta hacia la ausencia de legitimación procesal.

No habiéndose acreditado la relación entre la empresa afectada y quien otorgó el poder al licenciado V., ni la facultad de aquél para conceder tal poder, se incumple con una formalidad esencial para la admisión de esta iniciativa constitucional.

Por otra parte, la acción que se pretende proponer se encuentra...

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