Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Junio de 2000

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES R
Fecha de Resolución28 de Junio de 2000
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la Licenciada M.E.C.C., en nombre y representación de la empresa HENRI MIZRACHI KOHEN, presentó acción de amparo de garantías constitucionales contra la orden de hacer contenida en el auto de 28 de enero de 1999, dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia.

Se trata, pues, de una resolución mediante la cual se revoca el auto de 23 de septiembre de 1997, dictado por el Juzgado Décimo Cuarto de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá y ordena la ampliación del sumario, a fin que se reciba declaración indagatoria al señor H.M.K.

En orden a resolver sobre la admisibilidad del presente amparo, es necesario señalar que esta Superioridad ha sostenido reiteradamente que el auto que decreta la ampliación sumarial es irrecurrible, conforme lo establece el artículo 2205 del Código Judicial por cuanto constituye una orden girada al funcionario de instrucción para que complete la investigación, por lo que el amparista no posee legitimación activa para impugnarlo.

En este mismo orden de ideas, la Corte ha señalado que el auto que decreta la ampliación de las sumarias no admite la acción de amparo de garantías constitucionales, por cuanto el mismo constituye un acto de impulso procesal, y por lo tanto, de mero trámite, que no viola ningún derecho constitucional.

Por otra parte, advierte el Pleno que la resolución impugnada fue dictada el 28 de enero de 1999, y la acción...

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