Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 30 de Mayo de 1999

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución30 de Mayo de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de apelación ha llegado a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia acción de amparo de derechos fundamentales propuesta por el licenciado C.A.V.R., actuando en representación de M.T.G.S. de V., Juez Octava de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, contra la Resolución de 7 de abril de 1999 proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá.

HISTORIA DEL CASO

El licenciado J.N.B. presentó ante el Primer Tribunal Superior de Justicia, acción de amparo de derechos fundamentales contra el auto Nº 272 de 2 de marzo de 1999, emitido por el Juzgado Octavo de Circuito, Ramo Civil, del Primer Circuito Judicial de la Provincia de Panamá.

Mediante el auto atacado se autoriza a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) "para que practique diligencias probatorias" en las oficinas de la Sociedad Geneva Investment, Inc. (Financiera Concepción) (fs. 11 y ss., cuaderno de amparo).

La autorización tiene lugar dentro de una investigación administrativa iniciada por la CLICAC, con la finalidad de averiguar si la mencionada sociedad ha incurrido en prácticas comerciales contrarias a las normas de protección al consumidor, tipificadas en el Capítulo I, Título II de la ley 29 de 1996 (cuaderno de amparo, f. 11).

Las diligencias autorizadas fueron las siguientes:

"A. Exhibición de libros tales como: Diario General, M. General, Libro de Registro de Actas, Libro de Registro de Acciones, Declaraciones de Renta de 1996, 1997 y 1998.

B. Exhibición de Documentos tales como: Contratos, Ventas a Domicilio, Letras, P. o Documentos Negociables. Órdenes de Descuentos, Refinaciamientos (sic), documento que demuestre relaciones entre el Agente Económico y algún consumidor que pueda servir de constancia de venta. Estados de cuentas Bancarias de 1996, 1997 y 1998 con sus cheques cancelados por el Banco para determinar préstamos de efectivo hechos por la mueblería y la Financiera. Estados Financieros auditados de 1996, 1997 y 1998. Documentos que respalden cualquier transacción comercial a crédito para determinar el monto total de la deuda, plazos, taza (sic) de interés efectiva aplicable (para la época) y su método de cálculo, las comisiones y el agente económico (ya sea persona natural o jurídica que brinda el finaciamiento (sic) en caso de terceros).

C.E. y copia de la información que se encuentre en las computadoras u otro método cibernético de almacenamiento de información.

D. Autorización para obtener copias de los asientos de contabilidad y de la documentación expuesta.

E. Allanamiento a las oficinas de la sociedad sujetas a la práctica probatoria.

F. Autorización para realizar la apertura de la caja fuerte perteneciente a la sociedad GENEVA INVESTMENT, INC. (FINANCIERA CONCEPCIÓN)

SEGUNDO

COMUNICAR a la sociedad GENEVA INVESTMENT, INC. (FINANCIERA CONCEPCIÓN) la autorización que se le ha otorgado a la...

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