Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 8 de Abril de 2010

PonenteJosé Abel Almengor Echeverría
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de apelación conoce la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia el auto de primera instancia N° 165 de 14 de julio de 2009, por medio del cual, el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá calificó el mérito legal del SUMARIO EN AVERIGUACIÓN instruido por el supuesto delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA en perjuicio de J.T.P., con un sobreseimiento definitivo.

ANTECEDENTES

El presente sumario se inicia, con la querella penal formulada por J.T.P., a través de su apoderado judicial, licenciado I.F. y contra el licenciado M.E.E.P., en su condición de Juez Primero de Circuito civil del Primer Circuito Judicial, por la presunta comisión de un delito contra la administración Pública, en la modalidad de Abuso de Autoridad y Extralimitación de los Deberes de Servidor Público.

De acuerdo con el texto de la querella, el funcionario querellado incurre en la comisión de diversas conductas dolosas y arbitrarias, en su condición de Juez, al admitir y ejecutar una acción de secuestro presentada por R.A.T., contra un grupo de personas jurídicas y naturales, entre ellas se encontraba J.T.P., quien es diputado principal por el circuito electoral 2.2, sin tomar en cuenta la calidad de su representado.

Como pruebas documentales que acompañan al libelo de querella, constan copias autenticadas del cuadernillo de secuestro No. 639-08, del Juzgado Primero de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, copia autenticada de la demanda presentada contra J.T. y otros, certificación original suscrita por el S. General de la Asamblea de Diputados de la República de Panamá, en la cual consta la calidad de diputado principal del señor J.T.P. y copia notariada del carné correspondiente al diputado TEJEIRA PULIDO (fs. 9-130).

El conocimiento de este negocio, le correspondió a la Fiscal Primera Anticorrupción, quien Mediante Vista Fiscal Nº98 de 30 de abril de 2009, solicitó sobreseimiento definitivo en las presentes sumarias, respecto a las acciones querelladas. Explica que la actuación del Juez, se ejecutó en el ejercicio de sus funciones en un proceso de conocimiento, en el que concurrió una situación especial en cuanto a la condición particular de uno de los demandados, y en el momento de su actuación no contaba con ninguna información o referencia que diera cuenta que la persona demandada era un Diputado de la República, por lo que su actuación no fue dolosa.

DECISIÓN...

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