Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Julio de 2010

PonenteJosé Abel Almengor Echeverría
Fecha de Resolución30 de Julio de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia del recurso de Apelación interpuesto por L.. R.M.M. contra el auto de fecha 10 de diciembre de 2009, dictado por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, mediante el cual se sobresee definitiva e impersonalmente en las sumarias abiertas con motivo de la querella interpuesta contra el Licdo. R.C.G., Juez Quinto del Circuito de Chiriquí, Ramo Civil, por la presunta comisión de delitos contra la Administración Pública, en las modalidades de Peculado, conforme a los artículos 334 a 340 del Código Penal.

ANTECEDENTES

Con base en la querella suscrita por el Licdo. R.M.M. contra el Licdo. R.C.G., Ramo Civil, por las conductas arriba indicadas, la Fiscalía Auxiliar de la República, Agencia Delegada de Chiriquí, dispone iniciar la investigación penal el día 6 de mayo de 2009 (fs. 1).

En desarrollo de la actividad investigativa, y considerando que el fundamento de la querella se resume a los cargos de Peculado, ante la supuesta negativa del Juez de devolver al querellante una serie de certificados de garantía que aparecen consignados en los tribunales del Circuito de la Provincia de Chiriquí, el Agente de instrucción solicitó tanto al Despacho del juez querellado como al Banco Nacional de Panamá, informe respecto al estado de las cauciones cuya devolución reclama el querellante.

Al concluir la instrucción de las sumarias, la Fiscalía Primera Superior del Tercer Distrito Judicial de Panamá, que posteriormente asumió la investigación de la causa, solicitó se decretara el sobreseimiento provisional, al estimar que el hecho punible querellado no había sido acreditado.

Mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2009, el Tribunal Superior de Chiriquí y Bocas del Toro dictó Auto de sobreseimiento "definitivo e impersonal", que ha sido la medida impugnada ante esta Superioridad.

FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN

El Licenciado R.M.M., en su condición de querellante, concentró su disconformidad en destacar actuaciones del Juez querellado, que a su criterio, reflejan la animadversión de este funcionario público contra su persona.

En el extenso escrito de apelación, se refirió a piezas de distintos procesos civiles en las cuales, supuestamente, el juez C.G. le ha causado perjuicio a él y a sus asociados con las decisiones proferidas por el Tribunal a su cargo.

En el único reclamo directamente relacionado con la conducta adjudicada al juez denunciado, que califica delictiva, el...

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