Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 1 de Marzo de 2004

PonenteCésar Pereira Burgos
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2004
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Corte Suprema Sala de lo Penal de recurso de apelación presentado por el licenciado C.G., apoderado judicial de M.E.V.A. contra la resolución de 10 de septiembre de 2003, mediante la cual niega la solicitud de medida cautelar distinta de la detención preventiva.

Según el recurrente su patrocinado actuó dentro de las atenuantes establecidas en el artículo 66 del Código Penal, ya que no tenía la intención de causar un mal de tanta gravedad (f. 25). En ese sentido, afirma que M.V. actuó con causa de justificación al defenderse y actuar en el legítimo ejercicio de un derecho...al encontrarse en una situación de peligro"(f. 25).

Señala además, que su patrocinado no es una persona peligrosa y el hecho de que no compareciera ante las autoridades judiciales, no debe ser tenida como una condición para acreditar su peligrosidad, debido a que no existe en el expediente penal constancia de que se haya notificado a sus procuradores judiciales para que el imputado compareciera ante las autoridades competentes (f. 25)

Finalmente solicita, a la Sala penal que revoque el auto apelado y en su lugar concedan una medida cautelar distinta a la detención preventiva(f.25).

Del escrito de apelación presentado por la defensa técnica de V. se le dio traslado al Ministerio Público. Autoridad que solicita a la Sala Penal que confirme el auto apelado por considerar que V., "plenamente consciente de su proceder, intentó dar muerte a su propio suegro, logrando lesionarle la medula espinal, acto que sello (sic) su vida encadenándolo a una silla de ruedas a causa de una paraplegía"(f. 30).

El Segundo Tribunal Superior al proferir el auto impugnado expresó que:

"Resulta incongruente con esta realidad procesal, la sustitución de la medida cautelar aplicada al encausado, máxime cuando se colige el alto grado de peligrosidad que exhibió el encausado, cuando acepta haber efectuado sucesivas detonaciones con un arma de fuego, sobre la anatomía de un suegro, agresión que no sólo puso en peligro su vida, sino que a la postre tradujo en una paraplejía (parálisis) permanente, por graves lesiones en la médula espinal a nivel cervical y torácico, destinándolo al uso permanente de silla de ruedas...la evidente renuencia mostrada por el justiciable, para acudir...

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