Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 20 de Febrero de 2004

PonenteCésar Pereira Burgos
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2004
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante auto Nº3 de 19 de mayo de 2003, declaró inadmisible la petición de reapertura del proceso penal instruido con motivo del delito de homicidio, cometido en perjuicio de A.B., en el cual aparecen vinculados R.D.M., N.M.A., M.W. y M.A.N..

Contra esa medida jurisdiccional, formalizaron recurso de apelación los licenciados A.S.A.H. y M.E.V., Director General y Directora de Apoyo Legal respectivamente, de la Oficina de Seguimiento de los Objetivos de la Comisión de la Verdad, quienes actúan en representación de M.M.B., madre del desaparecido A.B..

En el libelo de sustentación del recurso de apelación, el licenciado A. H. plantea medularmente que de acuerdo a diversos instrumentos internacionales de carácter humanitario que ha suscrito nuestro país, en casos como el presente "la teoría de imprescriptibilidad por mandato constitucional es posible" (f.395); que el derecho a la libertad y a la vida de B. fue violentado por el Estado y "resultaba poco probable sino imposible que ese mismo Estado ordenara investigar sus propios ilícitos, para cuyos personeros en consecuencia no puede favorecerles la prescripción, pues en aquélla época de lo que menos se disfrutó fue de certidumbre jurídica" (f.407) y que la desaparición de B. "es un delito continuado y/o permanente, por razones procesales penales, en atención a la calidad y condición del sujeto activo (miembros de la cúpula militar y allegados) que se mantenía bajo el amparo de la impunidad vs la indefensión de las víctimas" (f.415).

Esta Corporación de Justicia advierte de inmediato que la pretensión procesal formulada por el recurrente, de que se ordene la reapertura del...

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