Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 24 de Julio de 2006

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución24 de Julio de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de apelación ha ingresado a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia el negocio penal que contiene el auto de primera instancia Nº 38 de 22 de febrero de 2006, mediante el cual el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial se inhibe del conocimiento de las sumarias seguidas a L.P. , por el delito de homicidio en grado de tentativa en perjuicio de J.D.R.P., por razones de competencia y lo remite al Juzgado de Circuito Penal en Turno.

El recurso de apelación fue interpuesto por el licenciado R.R. y fue sustentado dentro del término legal correspondiente, por lo que sustanciado debidamente, corresponde a la Sala emitir su pronunciamiento.

ANTECEDENTES

El ilícito de marras fue denunciado por G.L. contra L.P. por delito contra la Vida y la Integridad Personal (Homicidio en grado de Tentativa), en perjuicio de J.M.D.R.P.. El hecho denunciado ocurrió el día 3 de junio de 2005, cuando obreros de la construcción estaban manifestándose pacíficamente en la Vía R.J.A., a la altura de la intersección de esta calle con la Vía Transístmica y L.P. a pesar de que los obreros tenían obstruida la vía y no lo dejaban pasar, manifiesta su intención de pasar por encima de ellos y las barricadas.

Luego de una discusión con los manifestantes, el imputado retrocedió unos metros el vehículo que conducía y luego aceleró contra los manifestantes lesionando de esta manera al señor J.M.D.R.P. quien tuvo que ser trasladado al hospital.

Dentro del expediente penal se encuentra un oficio mediante el cual la doctora Y.G., medico forense del Instituto de Medicinal Legal, luego de interpretar el historial clínico de J.D.R.P., indica entre otras cosas que el señor D.R.P.,

"... recibió trauma por atropello intencional por vehículo 4x4 con golpe directo en flanco izquierdo con suspensión al aire y caída sobre su brazo izquierdo, con golpe en la muñeca del mismo el 3 de junio de 2005.

Con diagnóstico: Politraumatismo Atropello Vehicular.

Trauma Abdominal Cerrado.

........................................................

LE CORRESPONDE UNA INCAPACIDAD DEFINITIVA DE 15 (QUINCE DIAS)"

De igual manera, el doctor G.T., al examinar al señor J.D.R.P. (fojas 160), también le otorga una incapacidad definitiva de "QUINCE (15) DIAS A PARTIR DEL DIA DEL INCIDENTE SALVO COMPLICACIONES POR LAS LESIONES DESCRITAS ...".

De fojas 17-22 el licenciado R.R. a nombre y representación de J.M.D.R.P., presenta querella contra el señor L.P. por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR