Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 22 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2013
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: Los representantes de la demandada M/N ATHENA, materializaron su inconformidad en contra de la decisión del Segundo Tribunal Marítimo en el Auto No. 74 del 4 de abril del 2013, que resolvió: no acoger el recurso de apremio solicitado por esta; mantener el secuestro decretado mediante el Auto No. 308 de 13 de diciembre del 2012, corregido por el Auto No. 310 del 14 de diciembre del 2012, ambos emitidos dentro del proceso especial de ejecución de crédito marítimo privilegiado incoado por EASY STREET, LTD. en su contra; condenar a la parte demandada motonave M/N ATHENA, buque granelero, de pabellón de Islas Marshall a la suma de QUINIENTOS BALBOAS CON 00/100 (B/.500.00) en concepto de costas a favor de la demandante EASY STREET, LTD. y la continuación del proceso, a través de la alzada. Ahora bien, en una revisión de los elementos que podrían conducir a una sentencia nula o la ocurrencia de alguna pretermisión de carácter procesal en el infolio, se observa que aunque el recurso ordinario fue anunciado y presentado en debida forma, pues las partes se pusieron de acuerdo en que su interposición y la oposición fuesen aportados en tiempos determinados, situación plausible al tenor del artículo 89 del texto único de la ley marítima de nuestro país, en el expediente no se encuentra la transcripción de la audiencia de apremio, ya que antes de emitir el auto impugnado...

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