Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Julio de 2013

Fecha de Resolución30 de Julio de 2013
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: Dentro del proceso ordinario marítimo instaurado por GREAT DIABLO SHIPPING CORP. contra MARINE ENGINEERS CORPORATION (PANAMÁ) INC. y ASTILLEROS VERACRUZ, S.A., el licenciado EDUARDO SEGURA B, en representación de la parte demandante GREAT DIABLO SHIPPING CORP. y el licenciado E.N. y la firma forense ARIAS, ALEMAN & MORA, en representación de las partes demandadas, MARINE ENGINEERS CORPORATION (PANAMÁ) INC y ASTILLEROS VERACRUZ, S.A., han presentado ante esta Superioridad desistimiento del Recurso de Apelación interpuesto contra el Auto No. 27 de 24 de enero de 2013. El escrito común de desistimiento, el cual reposa a fojas 2774-2775, es del tenor siguiente: ". Las partes han llegado a un acuerdo extrajudicial mutuamente satisfactorio, el cual ha puesto fin a las reclamaciones de la demandante en el presente juicio, por lo cual la parte demandada MARINE ENGINEERS CORPORATION (PANAMÁ) INC, solicita el desistimiento del recurso de apelación interpuesto en contra del Auto No. 27 de 24 de enero de 2013. . Las partes han presentado de manera conjunta DESISTIMIENTO total del proceso, la acción y la pretensión ante el Primer Tribunal Marítimo de Panamá. . Las partes por la presente solicitamos a esta Alta Magistratura APRUEBE el presente desistimiento en los términos aquí expuestos del recurso de apelación interpuesto por MARINE ENGINEERS CORPORATION (PANAMÁ) INC, en contra del Auto No. 27 de 24 de enero de 2013 dentro del proceso donde GREAT DIABLO SHIPPING CORP. le sigue a MARINE ENGINEERS CORPORATION (PANAMÁ) INC. . E.N., debidamente facultado para ello según consta en los poderes que reposan en autos, manifiesta expresamente ha aceptado el desistimiento de la demandante ante el Primer Tribunal Marítimo y declara que ha renunciado a los derechos que pudiera tener dimanentes del recurso de interpuesto por lo que DESISTE DEL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto dentro del proceso enunciado al margen superior derecho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 448 y siguientes de la Ley 8 del 30 de marzo de 1982 reformada por la Ley 11 del 23 de mayo de 1986 y por la Ley 12 de 23 de enero de 2009 y en virtud del acuerdo extrajudicial de las partes. . E.S.B., y la firma ARIAS, ALEMÁN & MORA, debidamente facultados para ello, manifiestan expresamente que ACEPTAN EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN que realiza la demandada MARINE ENGINEERS CORPORATION (PANAMÁ) INC., y ratificamos que todas las partes han aceptado el desistimiento del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR