Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 3 de Julio de 2014

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2014
EmisorPleno

VISTOS: Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en grado de apelación, de la acción de amparo de garantías constitucionales promovida por el Lcdo. A.C., quien actúa en representación de Sociedad I.S. S. A., contra el auto No.726 de fecha 18 de julio de 2013, dictado por el Tribunal de Apelaciones y Consulta del Circuito de Veraguas, Ramo Civil. I. RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA. El Auto 726 de 18 de mayo de 2013 del Tribunal de Apelaciones y Consultas de Veraguas, Ramo Civil, objeto de amparo resuelve: "Revoca el Auto No.11 calendado 9 de mayo de 2013, proferido por el Juzgado Municipal del Distrito de Atalaya, y en consecuencia Decreta la Caducidad Especial de Instancia, dentro del proceso sumario de menor cuantía, promovido por el Lcdo. A.C., en representación de la Empresa I.S. S.A., en contra del señor D.A....". La parte que se ve afectada interpone acción de A. de Garantías Constitucionales contra tal decisión, la cual es resuelta por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, Coclé y Veraguas, mediante auto de 29 de agosto de dos mil trece (2013), de la siguiente manera: "En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, Coclé y Veraguas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la presente acción de amparo de garantías constitucionales interpuesto por el licenciado A.C. en nombre y representación de I.S., S.A.,..". Esta decisión del Tribunal Superior se basa en que, no advierten la omisión de algún trámite importante dentro del proceso ejecutivo convertido en sumario, sino que se observa que lo que pretende el amparista es que dicha Colegiatura, en funciones de Tribunal Constitucional, se convierta en una instancia ordinaria adicional, a fin de revocar o modificar la decisión emitida por un tribunal de segunda Instancia competente y legítimamente constituido. II. ARGUMENTOS DEL APELANTE Señala el apelante que no es cierto, que lo que se pretenda con la acción de amparo sea el convertir el Tribunal de A. en una Tercera Instancia; sino que busca implorar la protección de un derecho subjetivo que se considera infringido y con ello el acceso a la Justicia y a la Tutela Judicial efectiva, como único mecanismo de protección frente a una clara y evidente infracción a las reglas del debido proceso, ya que se ha decretado una caducidad de instancia en un proceso civil que estaba para señalar práctica de pruebas, por parte del Tribunal trayendo como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR