Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 10 de Febrero de 2014

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2014
EmisorPleno

VISTOS: DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE AMPARO DE PRIMERA INSTANCIA El Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, Las Tablas, mediante la Resolución de 25 de junio de dos mil trece (2013), decidió CONCEDER la Acción de A. de Garantías Constitucionales promovida por la Licenciada S.N.L.B., actuando en nombre y representación de J.R.L.R. y C.L.D. y como consecuencia de ello, REVOCA lo decidido en el acto de audiencia celebrado el día 30 de mayo de 2013, por la Licenciada Yulisa Saturno, Juez de Garantías de la Provincia de H. , con base en que el acto atacado modifica lo decidido en la primera Audiencia celebrada, donde la Licenciada J.E.S., Juez de Garantías de la Provincia de H., fijó competencia ante el Juzgado Municipal Del Distrito de Chitré, para el conocimiento del proceso penal seguido a J.R.L.R. y C.L.L.D., quienes fueron acusados por el Delito de Estafa en grado de tentativa. EL RECURSO DE APELACION El licenciado J.M.R. apoderado legal de la licenciada J.E.S. fundamenta el A. de Derechos Fundamentales en que la decisión del Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial de conceder la Acción de A. de Garantías Constitucionales promovida por la Licenciada S.L. y revocar lo decidido en el acto de audiencia celebrado el día 30 de mayo de 2013 por la Licenciada J.S., Jueza de Garantías de la Provincia de H., no vulneró el debido proceso, ya que en el nuevo sistema de procedimiento penal, los Jueces de Garantía deben evaluar las peticiones que las partes formulen tomando en consideración la Constitución, Convenciones Internacionales ratificadas como ley de la República, la ley y los principios rectores del sistema procesal penal de corte acusatorio, velando que se respeten los derechos y garantías de todos los sujetos procesales. El amparista concluye indicando que mediante la decisión impugnada en sede de A., su representada ante petición del F. de la Causa endereza su decisión, siendo su fin evitar vicios de nulidad por falta de competencia. Por lo antes expuesto, solicita que se revoque las resolución recurrida. DECISIÓN DEL CASO Expuesta la posición del Tribunal Constitucional A quo referente a conceder el A. de Garantías Constitucionales, así como la inconformidad del impugnante sobre lo decidido, corresponde al Pleno de la Corte Suprema de Justicia dirimir la situación sometida a su consideración, en calidad de Tribunal Constitucional de Segunda Instancia. Dentro de la presente Acción Constitucional observamos como acto atacado, la...

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