Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 7 de Enero de 2013

PonenteLuis Mario Carrasco M.
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2013
EmisorPleno

VISTOS: BREVE HISTORIA DEL CASO Los antecedentes dan cuenta que la ASAMBLEA DE PROPIETARIOS DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL DEL CONDOMINIO CRILLON interpuso un Proceso Ejecutivo de Mayor Cuantía en contra de KEN MAVRICK, el cual quedó radicado ante el JUZGADO UNDECIMO DE CIRCUITO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA (Cfr. fs. 2-3 de los antecedentes). Una vez surtido el procedimiento de rigor, dicho Juzgado decretó embargo sobre la Finca Nº 28909, inscrita a rollo 3393, Documento 1 de propiedad del demandado, por lo que, el demandado solicitó la venta judicial del bien embargado , la cual se fijó para el 28 de junio de 2012. Según el informe secretarial que consta a fojas 265 del expediente, suscrito por la Secretaria Judicial ,lo siguiente fue lo que ocurrió: "..al momento de validad los certificados de deposito judicial solamente pude validar los certificados con la siguiente numeración 201200000017092 a la (sic) 3:47 P.M. Y el certificado 2011200017094, los otros deposito (sic) judiciales no los puede validar dado que no me aparecían en el sistema de validación. Por lo que no podía recibir las posturas de los otros postores que deseaban participar del remate, ello trajo mucha molestia y disconformidad de estas personas. Los certificados de deposito judicial que no pude validar por no aparecer en el sistema de validación son los siguientes 201200017110, 201200017116, 201200017101, 20122000017107, 20122000112. Pasadas las cuatro de la tarde ingrese nuevamente al sistema y se reflejaban otras Por lo que paso el expediente al despacho a lo que de lugar. Panamá, 28 de junio de 2012". A continuación, a fojas 266 y 267 se observan la diligencia de consignación y postura y el certificado de Depósito Judicial Nº 201200017101 peticionado por PROPIEDADES ILIMITADAS, S.A. Del mismo modo, figura el cuadernillo del incidente de nulidad incoado por la licenciada M.G. en nombre de PROPIEDADES ILIMITADAS, S.A. y el señor CESAR SCHATZ el cual fue rechazado de Plano por improcedente mediante Resolución de 3 de Julio de 2012 del JUZGADO UNDÉCIMO DE CIRCUITO DE LO CIVIL (Cfr. fs. 2-3 del cuadernillo de incidente). Contra el acta de Adjudicación Provisional de 28 de junio de 2012 del JUZGADO UNDÉCIMO DE CIRCUITO DE LO CIVIL, el licenciado R.O., actuando en nombre y representación de M.G. y de la sociedad PROPIEDADES ILIMTADAS, S.A. promovió la acción de amparo que nos ocupa (Cfr. fs. 1-9 del cuadernillo de amparo). III LA RESOLUCIÓN RECURRIDA El Tribunal de primera instancia, luego de analizar el contenido de los cinco primeros artículos de la Ley 67 del 30 de octubre del 2009, que regula la Certificación de Depósito Judicial y dicta las normas de adecuación correspondientes, así como el Manual de Procedimiento Administrativo aplicable, llega a la conclusión de que "...por los problemas surgidos a nivel técnico, se ha afectado un derecho constitucional a la libre participación de un Acto Público que se encuentra claramente normado en la Ley y, por tanto, es necesario la revocación del Acta de remate dentro del Proceso Ejecutivo propuesto por la Asamblea de Propietarios del P.H. Condominio Crillón contra Ken Mavrick" (Cfr. f. 45 del...

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