Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 31 de Agosto de 2015

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015
EmisorPleno

VISTOS:

Se encuentra pendiente de resolver, como Tribunal de Apelación, la Acción Constitucional de H.C. presentada por el licenciado Á.A.H.Z., abogado de la Defensoría de Oficio, a favor del adolescente R.A.L.M. por el supuesto Delito contra el Patrimonio Económico, en la modalidad de Robo.

Según se aprecia, la Acción de H.C. fue presentada ante el Primer Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia. Dicho Tribunal, mediante Resolución de H.C. de fecha cinco (05) de mayo de dos mil quince (2015), declaró legal la medida cautelar personal de detención preventiva decretada contra R.A.L.M., en atención a que, a criterio de dicho Tribunal de H.C., en el caso bajo estudio, la privación de la libertad del encartado se profirió conforme a las formalidades constitucionales y legales establecidas en esta materia. Además, al decir del mencionado Tribunal, el examen de las piezas procesales que componen el sumario permiten confirmar con certeza que la detención preventiva de R.A.L.M. deviene en legal.

A fojas 125 a 134 del cuadernillo de H.C. consta el Recurso de Apelación interpuesto por el licenciado Á.A.H.Z. contra la referida Resolución de cinco (05) de mayo de dos mil quince (2015), emitida por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia. En criterio del letrado H.Z. la detención preventiva se realizó contrariando las disposiciones legales en esta materia.

CONSIDERACIONES DEL PLENO:

Luego de examinadas las constancias procesales procede este Tribunal de Alzada a verificar si la actuación de dicho Tribunal se enmarca dentro de los presupuestos legales en materia de H.C..

El H.C. es una institución jurídica que garantiza la tutela de los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a actos u omisiones por parte de una Autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos, es decir, tiene como finalidad principal garantizar la libertad personal del individuo, con el fin de evitarle detenciones arbitrarias.

Estamos en la presencia de un Proceso penal, iniciado en virtud de una Denuncia interpuesta el veintidós (22) de abril de dos mil quince (2015) por la ciudadana asiática L.L., propietaria de la Panadería y Abarrotería Erikca, en atención al supuesto Delito contra el Patrimonio (Robo) cometido en perjuicio de su persona y de dicho comercio por parte del encartado. Así, la denunciante destacó que fue asaltada por tres (3) sujetos, quienes con arma blanca y de fuego entraron a su local, el cual según señala además es...

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