Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 18 de Julio de 2017

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución18 de Julio de 2017
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Luego, el Pleno verifica que la medida cautelar aplicada en contra del imputado D.B. fue dictada por escrito emanada por autoridad competente, y de acuerdo con las formalidades y motivos previamente establecidos por Ley, es decir, en concordancia con el artículo 2140 del Código Judicial, por cuanto que el delito investigado, es decir, el delito Contra la Seguridad Colectiva (relacionado con drogas y por asociación ilícita) tiene contemplado pena mínima de cuatro (4) años de prisión, y el hecho punible está preliminarmente acreditado con el resultado de las técnicas de investigación que guardan relación con la operación denominada "Taipei" autorizada por la Fiscalía Primera Especializada en delitos relacionados con Drogas desde el 25 de diciembre de 2014, la cual destaca que el 28 de diciembre de 2015, la Unidad de Investigaciones Sensitivas suministra la información de los cabecillas y demás colaboradores de una estructura criminal que participan y ejecutan acciones encaminadas al desarrollo de delitos relacionados con el tráfico nacional e internacional de sustancias ilícitas (drogas) desde el territorio panameño, lo cual además se complementa con las técnicas de investigación (ubicaciones, vigilancias, seguimientos, vistas fotográficas, consulta a bases de datos estatales) que ponen de relieve la vinculación de distintos eventos delictivos de decomiso de drogas, vehículos con doble fondo, aprehensiones y detenciones de personas nacionales y extranjeras, pertenecientes a la red criminal. Uno de los eventos que se destaca es el decomiso de veinticinco (25) paquetes de forma rectangular, contentivos de la droga cocaína, registrado el 4 de marzo de 2015, en el corregimiento de Betania, hecho que inicialmente fue identificado con la entrada número 0080-15.

En este contexto, vale destacar que la medida cautelar en contra de DARIO BURIC emanada por la Fiscalía, además expresa que el 29 de diciembre de 2015, después de haberse solicitado todos los informes de la labor investigativa en contra de líderes y brazos coordinadores o ejecutores de la organización criminal dentro de la Operación "Tapei", de acuerdo con la información es liderada por un sujeto de nombre "JEAN PIERRE" y otro de nombre "MAURICIO", y posteriormente se verifica que el movimiento de droga (de los 25 paquetes de cocaína) había sido coordinado por la misma empresa criminal que era objeto de vigilancia y seguimiento por parte de la Unidad de Investigaciones Sensitivas de la Policía Nacional, a través de la Operación "Taipei" autorizada por la Fiscalía; por lo cual el 8 de enero de 2016 se dispuso incorporar todas las actuaciones...

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