Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 17 de Septiembre de 2019

PonenteOlmedo Arrocha Osorio
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Olmedo Arrocha Osorio

Fecha: 17 de septiembre de 2019

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Apelación

Expediente: 887-18

VISTOS:

En grado de Apelación conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la alzada interpuesta por el licenciado N.E.U.B., actuando en nombre y representación del señor R.Á.M., en contra de la Resolución del 24 de julio de 2018 dictada por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial (Coclé y Veraguas), mediante la cual se resolvió lo siguiente: "En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial (Coclé y Veraguas), administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO CONCEDE la Acción de A. de Garantías Constitucionales promovido por el licenciado N.E.U.B., Defensor Público de la Provincia de Veraguas, en representación de R.Á.M., contra el acto jurisdiccional emitido por el J. de Garantías de la Provincia de Veraguas, licenciado F.P., en audiencia de acusación, alegaciones previas, celebrada el día 14 de junio de 2018, dentro de la carpeta 201700066335, que contiene el proceso penal seguido al señor R.A.M.."

DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

Correspondió al Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial (Coclé y Veraguas) conocer en Primera Instancia del presente negocio constitucional. Dicho Tribunal, mediante Resolución fechada veinticuatro (24) de julio de dos mil dieciocho (2018), no concedió la Acción de A. de Garantías Constitucionales interpuesta por el licenciado N.E.U.B., actuando en nombre y representación del señor R.A.M., por considerar que el

Acto proferido por el J. de Garantías de Veraguas no infringe el debido proceso ni el derecho de defensa.

Agrega el Tribunal A quo, que "según consta en los soportes electrónicos adjuntados, audiencia de imputación y audiencia intermedia de alegaciones previas, el acto demandado ocurre en la fase intermedia, durante el desarrollo de la audiencia de formulación de acusación, en las alegaciones previas, donde la defensa solicita al J. de Garantías que el Ministerio Público detalle tal cual fue consignada en la audiencia de imputación los hechos y circunstancias judicializadas por el J. de Garantías, advierte que en la acusación se ha variado el tiempo en que ocurrió el hecho, es decir del día 4 de noviembre en horas de la madrugada, al día 4 de noviembre solamente del año 2017, a lo que el J. demandado, le explica que, el hecho central del proceso recaía en ese momento procesal sobre el delito de posesión ilícita de arma de fuego, en cuanto a las circunstancias del hecho, lugar modo y tiempo, a medida que se avanza la investigación la misma podría variar, sin embargo el núcleo central no..."

Manifiesta que se ha podido constatar que "de la audiencia de imputación no surge los hechos denunciados y que motivaron la acción constitucional, pues en sus argumentos el accionante hace énfasis en que se deja sin efecto lo resuelto en la audiencia de imputación, al modificarse el momento, modo y tiempo en que ocurrió el hecho, sin embargo, tal acontecimiento no ha ocurrido como lo manifiesta el amparista, toda vez que dicha audiencia se desenvolvió sobre la noticia criminal que comunico el investigado R.A.M., el día 4 de diciembre de 2017, en horas de la madrugada, al Regidor de la comunidad de San Antonio de Calovébora, que había herido, con arma de fuego, que poseía sin permiso, al señor H.P., además queda claro para este Tribunal Constitucional que lo que ha ocurrido en la fase intermedia, es una adecuación a la calificación jurídica de la conducta imputada, ahora posesión ilícita de arma de fuego y lesiones personales."

Expone el Tribunal Superior que "es innegable que el deber de informar de la acusación del investigado constituye un acto indispensable para que la defensa pueda construir una versión de la realidad susceptible de ser sometida a controversia propia del juicio oral y su expansión responde al modelo procesal asentado en...

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