Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 10 de Diciembre de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 10 de diciembre de 2019

Materia: H.C.

Apelación

Expediente: 438-15

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia del recurso de apelación interpuesto por el licenciado J.J.H.G. contra la Resolución fechada 14 de abril de 2015, dictada por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, dentro de la Acción de H.C. propuesta por el licenciado J.J.H.G. a favor del señor M.U.G.G., contra la Fiscalía Segunda de Circuito Judicial de Chiriquí.

RESOLUCIÓN RECURRIDA

El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial asumió el conocimiento de la acción constitucional y declaró legal la detención preventiva decretada a M.U.G.G., por la Fiscalía Segunda del Circuito Judicial de Chiriquí, mediante providencia No. 14 de 18 de diciembre de 2014, dentro del sumario seguido por la presunta comisión del delito contra el patrimonio económico (hurto pecuario), en perjuicio de la sociedad Jersey Paradise Panamá, S. A.

Las consideraciones para declarar legal la detención se fundamentan en la existencia de una investigación, todavía en etapa preliminar, con actos de instrucción pendientes antes de la emisión de una vista fiscal en los cuales el imputado podrá ejercer su derecho constitucional de defensa. Aunado a ello, las constancias acreditan plenamente la comisión de un delito con pena de prisión superior a los cuatro (4) años, en que existen indicios de responsabilidad a cargo del imputado, entre éstos, la declaración del señor A.D. Cid Montenegro y la señora E.Z.V., además, el innegable indicio de presencia en el lugar de los hechos, sin perjuicio de la incorporación de nuevos elementos probatorios justificativos para sustituir la medida por otra más favorable al justiciable.

FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE APELACIÓN

El proponente del presente recurso de apelación discrepa de la decisión emitida por el Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial, por cuanto, estima que la misma se fundamentó en una supuesta confesión de su representado y falsa aceptación de un cargo como capataz de la finca donde laboraba, toda vez que el imputado fue siempre un empleado más dentro de la finca.

Agrega el abogado, que su representado negó los cargos y sustentó que siempre actuó bajo mandato de la señora M.C.M.Q., por tanto, estima que la resolución emitida por el Tribunal Superior de Justicia carece de motivación, aunado a errores que advierte en la redacción de la resolución impugnada.

Finalmente, solicita a esta Corporación de Justicia decrete la ilegalidad de la detención preventiva ordenada a su representado o considere el otorgamiento de una medida cautelar diferente mientras concluya el proceso.

DECISIÓN DEL PLENO

Una vez conocido el fondo de la pretensión, procede esta Máxima Corporación de Justicia resolver lo que en derecho corresponde.

En ese sentido, al analizar los antecedentes de la causa objeto de la presente acción constitucional, observamos que la Providencia No. 14, fechada 18 de diciembre de 2014, dictada por la Fiscalía Segunda del Circuito Judicial de...

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