Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 29 de Abril de 2021

PonenteHernán A. De León Batista
Fecha de Resolución29 de Abril de 2021
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: H.A. De León Batista

Fecha: 29 de abril de 2021

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Apelación

Expediente: 14759-2021

Vistos:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de 19 de enero de 2021, dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, dentro de la acción de A. de Garantías Constitucionales presentada por el licenciado L.R.Q.P., en representación de NOFAR INVESTMENT, S.A., contra la resolución de 8 de septiembre de 2020, proferida por el J. Primero de Circuito Civil del Tercer Circuito Judicial.

Antecedentes

Advierte la amparista, que el acto cuya constitucionalidad cuestiona, "DECLARA EXTEMPORÁNEO el Incidente de Tacha del Perito, designado por el Tribunal...".

En el libelo de la acción constitucional, solicita la admisión y concesión de la misma, la suspensión de los efectos del acto recurrido, y "que se deje sin efecto la Decisión de Recibir a Insistencia, el memorial que contiene un Incidente de Tacha de Peritos...y SE ORDENE recibir Escrito que contiene el Incidente de Tacha de Perito...". También solicita "se DECLARE NULO todo lo actuado en dicho expediente, a partir del memorial que contiene la solicitud de Suspensión de la Entrega del Informe Pericial...".

Considera la recurrente que la decisión amparada, contraviene el artículo 32 de la Carta Magna, entre otras consideraciones, porque:

"...presentamos Incidente de Tacha de Perito, ... ya que...el Perito designado por el Tribunal no tenían (sic) idoneidad para realizar la mensura, calculo (sic) de áreas y planos topográficos...

... al ser recibido0 el Incidente que nos ocupa, la secretaria consultó al J. y al regresar le puso como sello de RECIBIDO A INSISTENCIA sin valorar las razones señaladas en el mismo.

...presentamos un memorial de RECONSIDERACIÓN, a la situación plasmada por el despacho de recibir el INCIDENTE con carácter de INSISTENCIA y a este escrito tuvo (sic) la misma suerte que el anterior, luego de consultarle al J. también se le puso el sello de RECIBIDO A INSISTENCIA...

... El día 8 de septiembre de 2020 el Juzgado Primero de Circuito Civil del Tercer Circuito Judicial de Panamá emite la Providencia DECLARANDO EXTEMPORANEO...".

En concordancia con lo anterior, alude a la "Ley N°15 de 26 de enero de 1959, por el cual (sic) se regula el ejercicio de la profesión de Ingeniería y Arquitecto (sic)", y los requisitos que en ella se desarrollan para ejercer determinadas profesiones y actividades.

Presentado el libelo de amparo de garantías constitucionales, correspondió el conocimiento de la fase de admisión, al Primero Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, quien mediante la resolución ahora apelada (19 de enero de 2021)...

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