Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 29 de Marzo de 2022
Ponente | Asunción María Alonso Mojica |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2022 |
Emisor | Pleno |
Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá
Sala: Pleno
Ponente: Asunción María Alonso Mojica
Fecha: 29 de marzo de 2022
Materia: Amparo de Garantías Constitucionales
Apelación
Expediente: 5258-2022
VISTOS:
La doctora A.L. de Vallarino, ha presentado recurso de apelación contra la resolución de 23 de diciembre de 2021, proferida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, dentro de la acción de Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta en nombre y representación de Y.C.G., contra el Auto N°139 de 21 de octubre de 2019, proferido por el Juez Liquidador de Causas Penales de la Provincia de H..
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Mediante la resolución impugnada a través del amparo de garantías constitucionales, se dispuso Dejar sin Efecto el Auto N°227 de 14 de marzo de 2004 (donde se autorizaba el secuestro), así como también, "la inspección judicial solicitada... y cualquier inscripción que este (sic) en trámite o que se pretenda escribir". En razón que "... el proceso procesal (sic) se extinguió, ya que sobre la misma se pronunció la Corte Suprema de Justicia, la Sala Penal, donde declara Prescrita la Acción Penal; por lo tanto, el proceso penal se extinguió, esto significa que el Auto N°227 de 14 de marzo de 2004, quedó sin efecto...".
Al respecto, se consideraron como infringidos los artículos 17 y 32 de la Constitución Política, así como también, los artículos 2, 1968 G, 1976 y 1979 del Código Judicial, y 121 y 122 del Código Penal.
Algunos de los criterios que se expresaron para sustentar la anterior afirmación, son los siguientes:
"El funcionario demandado excediéndose en la interpretación de una Sentencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, ha utilizado esa Sentencia para violar Garantías Constitucionales que amparan a mi mandante y en lugar de proteger el único bien raíz propiedad de mi mandante, que constituye su vivienda, la ha desprotegido para enriquecer el patrimonio de quienes, a través de un Delito, la despojaron de la finca de su propiedad (vivienda), dejándola sin techo donde vivir y en cambio, legalizando la comisión de un hecho delictivo.
...
Las normas procesales que a continuación expondremos, aseguran a la víctima del delito y en este caso a Y.C.G., que el bien del cual ha sido despojada a través del Delito de Falsedad del que ha sido víctima, le será RESTITUIDO ...
La actuación judicial del señor J.E.C., de ignorar los artículos que lo obligaban a RESTITUIR la finca 9481 a sus legítimas...
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