Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 18 de Julio de 2011

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución18 de Julio de 2011
EmisorPleno

VISTOS:

Como Tribunal Constitucional de segunda instancia, corresponde al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, evaluar la decisión adoptada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro del proceso de Hábeas Corpus instaurado a favor del ciudadano E.B.D.E., contra el Juez Tercero de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá.

ANTECEDENTES

El proceso penal seguido al señor E.B.D.E. y otros, inicia con la remisión de cuadernillos por parte de la Procuraduría General de la Nación, elaborados por la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales del Consejo de Seguridad Pública y Defensa Nacional del Ministerio de la Presidencia, donde suministraban información referente a varias cuentas bancarias, las cuales fueron reportadas como sospechosas, debido al desvío de fondos pertenecientes al erario público de la hermana República de Nicaragua, relacionado con supuestos actos de corrupción imputados a ex funcionarios de ese país (ver fojas 1-607 de los antecedentes).

Durante el curso de la instrucción sumarial, se dispuso recibirle declaración indagatoria a E.B.D.E. y otros, como presuntos infractores de las disposiciones legales contenidas en el Título XII, C.V., del Libro II del Código Penal derogado (ver fojas 3539-3561 de los antecedentes).

Posteriormente, a través de la diligencia calendada 27 de enero de 2005, la Fiscalía Primera Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, dispuso aplicarle al prenombrado la medida cautelar contemplada en el literal a del artículo 2127 del Código Judicial, consistente en la prohibición del imputado de abandonar el territorio nacional sin autorización judicial (ver fojas 3566-3567 de los antecedentes).

Luego el tribunal jurisdiccional dictó el Auto de Proceder No. 90 del 21 de julio de 2009, donde decidió lo siguiente (consta a fojas 14011-14031 de los antecedentes):

Dicha decisión fue objeto de alzada y a través del Auto 2da. I.. No. 214 del 2 de julio de 2010, el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, decidió lo siguiente (consta a foja 18099-18111 de los antecedentes):

  1. Declarar la nulidad del Auto de Proceder No. 90 del 21 de julio de 2009, visible de fojas 14,011 a 14,031, en todas sus partes, en consecuencia, ordena el archivo del expediente.

  2. Ordenar la desaprehensión de todos los bienes cautelados por el Ministerio Público durante la fase preparatoria o de instrucción sumarial y deja sin efecto cualquier medida cautelar personal.

Cabe mencionar, que mediante Auto 2da. I.. No. 357 del 1 de diciembre de 2010, el Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, concedió en el efecto suspensivo, el recurso de casación anunciado y formalizado contra el Auto 2da. I.. No. 214 del 2 de julio de 2010 (ver fojas 18176-18178 de los antecedentes).

FUNDAMENTOS DEL APELANTE:

Explica el impugnante, que la acción la formalizó, ya que el ilícito de blanqueo de capitales, tenía como delito previo la corrupción de servidores públicos y no existe referencia alguna a delitos relacionados con drogas, agregando que la investigación y el ejercicio de la acción penal tuvieron como sede la Fiscalía Primera Anticorrupción, agencia con competencia especializada en el territorio nacional para la persecución de los delitos contra la administración pública.

Peticiona el demandante sobre la base de lo expuesto, se declare ilegal el impedimento de salida del territorio nacional sin autorización judicial. Añade, que no es legal limitarlo mediante la imposición de dicha medida cautelar, cuando ha sido sobreseído definitivamente en dos (2) ocasiones.

FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA:

El Tribunal A-quo inicia su razonamiento jurídico, enfatizando que el señor E.B.D.E., fue sobreseído definitivamente por el tribunal de la instancia, pero esa decisión ha sido cuestionada por la representación del Ministerio Público, sugiriendo sobreseerlo provisionalmente y, aun cuando el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, declaró la nulidad de lo actuado...

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