Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 23 de Abril de 2010

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución23 de Abril de 2010
EmisorPleno

VISTOS:

Ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia acude el licenciado R.M.M. a fin de promover recurso de apelación contra la Sentencia de 24 de marzo de 2010 proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, misma que fuera dictada en ocasión de la acción de habeas corpus impetrada a favor de F.A.G. en contra del Juzgado Cuarto de Circuito Judicial de la Provincia de Chiriquí.

EL ESCRITO DE APELACIÓN PRESENTADO

El letrado afirma que la acción busca corregir la irregularidad procesal derivada de la omisión en la que incurre la sentencia prohijada por el Juzgado Cuarto del Circuito Judicial de la Provincia de Chiriquí cuando no hace mención del señor F.A.G., no obstante dentro del mismo proceso aparece como imputado el señor J.S.K., quien también fue llamado a responder en juicio y participó en el mismo acto de audiencia plenaria al que fue convocado su representado.

En esa línea, sea argumenta que la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto del Circuito Judicial de la Provincia de Chiriquí, vulnera el derecho fundamental al debido proceso por cuanto a una persona como F.A.G. se le puede juzgar mas de una vez por la misma causa, pues no fue mencionado en la sentencia condenatoria.

Frente a ello, indica que el señor GARCÍA no aparece filiado a órdenes de ninguna autoridad, lo que, insiste da lugar a que sea privado de su libertad mas de una vez por el mismo hecho investigado.

La sentencia condenatoria se encuentra ejecutoriada, por lo que no cabe recurso alguno contra la misma, lo que a su vez constituye una omisión inexcusable del juzgador, por lo que solicita la revocatoria de la sentencia apelada y, en consecuencia, la liberación del señor F.A.G. por la ilegalidad de su detención.

DECISIÓN DE LA PRIMERA INSTANCIA

El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, a través de Sentencia de 24 de marzo de 2010, declaró legal la orden de detención expedida en contra el señor F.A.G., tras considerar que, si bien a través de sentencia No. 142 de 17 de diciembre de 2009, el Juzgado Cuarto de Circuito Penal de la Provincia de Chiriquí solamente hace referencia a la situación procesal de J.A.S.K., lo cierto es que ello ocurre en razón que el señor F.A.G.M. se encontraba en rebeldía.

Añade el tribunal A quo, que el hecho investigado se concreta en la posesión de 2,050 gramos de la droga conocida como marihuana, delito cuyo tramo punitivo permitía la aplicación de la detención preventiva, agregando, que la orden fue decretada por...

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