Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 29 de Febrero de 2008

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de apelación anunciado contra la resolución de 21 de diciembre de 2007 emitida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, dentro de la acción de Hábeas Corpus promovida a favor de los señores V.E.Z. HERRERA Y JACINTO ANTONIO FRÍAS CORTÉS contra el señor Juez Segundo del Circuito de Los Santos.

Consta que la acción de H.C. fue promovida por los prenombrados, quienes se encuentran condenados a veinticuatro (24) meses de prisión por el delito de Hurto agravado. Sin embargo, hacen alusión a que se les ha negado la conversión de esta pena por la de días multas, aún cuando se declararon confesos y arrepentidos del hecho y devolvieron parte de los objetos hurtados.

Seguidamente, esta acción constitución fue puesta en conocimiento de los Magistrados del Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, quienes declararon la legalidad de la sanción impuesta a los precitados. Mediante resolución de 21 de diciembre de 2007, dicho tribunal colegiado indicó que no existe ilegalidad alguna en la decisión proferida, ya que si no se tomaron en cuenta los aspectos aludidos por los accionantes, estas circunstancias debieron argumentarlas a

través de recursos distintos al de H.C., como lo es el recurso de apelación que no fue anunciado y consecuentemente, tampoco sustentado.

Conocida esta decisión, los señores V.Z. y J.F., anunciaron recurso de apelación que no fue sustentado.

Consideraciones y Decisión del Pleno:

Promovido el recurso de apelación contra la decisión del Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial y verificadas las consideraciones de quienes intervienen en este proceso, procede esta Corporación de Justicia a dirimir la controversia sometida a su consideración.

Atendiendo a lo anterior, nos remitimos a los hechos del caso, pudiéndose verificar que el aspecto medular que da lugar a la controversia, consiste en la disconformidad de los petentes por no habérseles transformado la pena de prisión por la de días multas, aún cuando se declararon confesos del delito y entregaron parte de los objetos hurtados.

Desde esa perspectiva, se puede colegir que la disconformidad de los señores V.Z. y J.F., versa sobre los juicios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR