Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 27 de Enero de 2005

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución27 de Enero de 2005
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

En grado de apelación ingresó a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, el expediente contentivo de la Resolución No. 067-04, de veintidos (22) de junio de dos mil cuatro (2004), expedida por la Comisión de Personal del Primer Distrito Judicial , Ramo Penal, Panamá, mediante la cual se determinó la lista de seleccionables y no seleccionables del Concurso No. 067-2004 (Interno), Posición (1738) Oficial Mayor IV de la SECRETARIA DE LA SALA PENAL .

En la resolución impugnada, dentro de la lista de no seleccionables aparece la joven Y.J. señalandose en la misma que NO ES ESTUDIANTE DE PROGRESO NORMAL, quien en virtud de ello confirió poder especial al Licenciado CÉSAR FÁBREGA para que en su nombre y representación sustente el recurso de reconsideración con apelación en subsidio.

El recurso de reconsideración fue resuelto por la Comisión de Personal del Primer Distrito Judicial, Ramo Penal, Panamá mediante Resolución de 067-04 de 8 de septiembre 2004; por lo que le corresponde a la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia el conocimiento de la apelación en subsidio interpuesta, a fin de determinar si existen elementos que justifiquen una modificación ,aclaración o revocación de la resolución recurrida.

La parte medular del reclamo se fundamenta en los siguientes hechos:

"PRIMERO: que mediante aviso No. 067-2004 de 17 de marzo de 2004, el Organo Judicial sometió a concurso (Interno) la posición 1738 de Oficial Mayor IV de la Secretaría de la Sala Penal , con el requisito académico mínimo de ser estudiante de los dos últimos años de la Carrera de Licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas.

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TERCERO

Que en dicha aplicación, nuestra representada por un error involuntario, anotó que Estudia la Carrera de Licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas cursando el VI año B nocturno, haciendo referencia al grupo donde inscribió algunas de las asignaturas matriculadas para el primer semestre de este año lectivo.

CUARTO

Que mediante Edicto No. 067-04 esta Comisión ha publicado la lista de aplicantes seleccionados y no seleccionados para aspirar al cargo, donde nuestra representada aparece en la categoría de personas no seleccionadas con la observación que versa: "No es estudiante de progreso regular"

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