Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 5 de Junio de 1996

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 5 de Junio de 1996
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La firma De Obaldía & García de Paredes, en representación del BANCO PANAMERICANO, S. A. (PANABANK), ha interpuesto tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la CAJA DE SEGURO SOCIAL a QUEEN CHEMICAL INDUSTRY, INC.

La tercerista solicita a esta Sala que se excluya del embargo decretado mediante el auto de 22 de mayo de 1995, por el Juzgado Ejecutor de la Caja de Seguro Social, los bienes muebles de propiedad de Queen Chemical Industry, Inc., S.A., descritos en el hecho segundo del escrito de tercería presentado y en la escritura pública Nº 2,743 de 17 de marzo de 1995, inscrita en el Registro Público el 5 de mayo de 1995, hipotecados, mediante la referida escritura a favor del Banco Panamericano, S. A. (PANABANK), además fundamenta su pretensión en los siguientes hechos:

"PRIMERO: Mediante Escritura Pública Nº 2743 de 17 de marzo de 1995, de la Notaría Décima del Circuito de Panamá, el BANCO PANAMERICANO, S. A. (PANABANK), celebró contrato de préstamo con la sociedad QUEEN CHEMICAL INDUSTRY, INC., hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIEN DÓLARES (US $175,100.00).

...

TERCERO

La Escritura Pública 2743 de 17 de marzo de 1995, fue presentada a las oficinas del Registro Público el día 30 de marzo de 1995, e inscrita a la ficha 69604, rollo 14764, imagen 0073 de la Sección de Micropelículas (Hipotecas sobre Bienes Muebles), desde el 5 de mayo de 1995.

CUARTO

El 5 de septiembre de 1991, la Dirección de Ingresos de la Caja de Seguro Social libró mandamiento de pago en contra de QUEEN CHEMICAL INDUSTRY, INC., por la suma de SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES CON 93/100 (US $75,500.93), sin que mediase un Auto Ejecutivo que precidiera dicha orden.

SEXTO

Mediante Auto de 22 de mayo de 1995, el Juzgado Ejecutor de la Caja de Seguro Social, decretó formal embargo sobre los bienes muebles e inmuebles, de la sociedad QUEEN CHEMICAL INDUSTRY, INC., hasta por la suma de OCHENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES DÓLARES CON 47/100 (US $80,883.47), en concepto de morosidad en el pago de las cuotas obrero patronales de la Caja de Seguro Social.

SÉPTIMO

Los días 15, 16, 19, 20, 21 de junio de 1995, se efectuó la diligencia de Inventario y Avalúo de los bienes muebles propiedad de la sociedad QUEEN CHEMICAL INDUSTRY, INC., por parte del Alguacil Ejecutor de la Caja de Seguro Social. No fue sino hasta esa fecha en que se hizo una descripción...

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