Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 24 de Octubre de 1997

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución24 de Octubre de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado M.H.M. ha interpuesto incidente de nulidad, en representación de CONSTRUCTORA GORGONA, S.A., dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Banco Nacional de Panamá.

Funda su pretensión en la indebida notificación del auto ejecutivo, dada la falta de personería del notificado.

El incidentista manifiesta que mediante Escritura Pública Nº 3869 de 15 de julio de 1982, otorgada en la Notaría Primera de Circuito, celebraron con el Banco Nacional de Panamá contrato de préstamo (línea de crédito para sobregiro) con garantía hipotecaria sobre bienes muebles por la suma de B/.200,000.00, con un plazo de vencimiento de un año. Dicho contrato fue suscrito por el Ing. F.A., vicepresidente de Constructora Gorgona, S.A., quien había sido autorizado para tal fin por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, realizada el 20 de junio de 1982, según se lee a foja 61.

Posteriormente, afirma el incidentista, dicha obligación fue declarada de plazo vencido, por lo que el Juzgado Ejecutor del Banco Nacional de Panamá emitió el auto 898 de 10 de junio de 1991, mediante el cual libra mandamiento de pago en contra de Constructora Gorgona, S.A. y decreta embargo sobre los bienes muebles dados en garantía hipotecaria (fs. 1 a 8).

El apoderado judicial de Constructora Gorgona, S.A. propone el incidente en estudio mediante poder que le otorgó F.A. como representante legal de la sociedad CONSTRUCTORA GORGONA, S.A., y en dicho incidente alega que cuando F.A. se notificó del auto ejecutivo no ostentaba la representación legal de la sociedad Constructora Gorgona, S.A., si no su Presidente, el señor H.T.H., por lo que es nula la notificación que se hizo al señor F.A.Z. (foja 10).

Señala el apoderado judicial de la empresa ejecutada que "el Juzgado Ejecutor del Banco Nacional se percata de su error y trata de enmendarlo notificando por edicto al Lic. H.T.H. (Q.E.P.D.) el día 6 de diciembre de 1993, fundándose para ello en un solo informe secretarial de fecha 3 de diciembre de 1993, en el cual el notificador del tribunal indica que no ha localizado al citado Presidente de la sociedad".

Agrega que el edicto emplazatorio fue publicado los días 14, 15 y 16 de diciembre de 1993, pero que no figura en qué diario fue publicado y que cuando esta publicación fue hecha H.T. había muerto. Que cumplido este trámite, el 1 de agosto de 1996 el Juzgado Ejecutor del Banco le nombró defensor de ausente, quien tomó posesión ese mismo día, pero que no consta que se le haya notificado del auto de mandamiento de pago para que pudiera defender los derechos de su representado, en este caso, el licenciado H.T.H. (q. e. p. d.), presidente y representante legal de la compañía.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR