Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1 de Febrero de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

En grado de apelación, conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de amparo de garantías constitucionales interpuesto por el licenciado O.F., en representación del licenciado F.M.I. contra la orden de hacer contenida en el Auto Ampliatorio Nº270 de 5 de agosto de 2005 proferido por el Juez Tercero de Circuito Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá, que no fue admitida por el Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante Auto de veintinueve de agosto de 2005.

I.-Resolución Recurrida

Mediante resolución de 29 de agosto de 2005 el Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial decidió no admitir esta acción de amparo de garantías constitucionales, "al establecerse que la resolución demandada no es susceptible de ser recurrida vía de amparo, por tratarse de una resolución que dispone la ampliación del sumario no dirigida contra la parte proponente de la acción constitucional no se cumple con una de los presupuestos básicos para acoger esta acción extraordinaria..." (foja 43 del cuadernillo).

Menciona el tribunal en su sustentación que "... a pesar que la demanda cumple con todos los requisitos de forma que dispone el artículo 2919 de la misma excerta legal, y de la insistencia de los apoderados del amparista sobre la gravedad del daño que se presenta en esta ocasión al suponer su "estado de culpabilidad" y no su presunción, se advierte que el acto impugnado constituye un auto que decreta la ampliación del sumario, que no contiene una orden directa de hacer o prohibición de hacer alguna cosa a la persona demandante, sino al funcionario instructor para que complete la investigación. En consecuencia, el proponente de esta acción de constitucionalidad no reúne el presupuesto esencial de estar legitimado para que pueda demandar la orden por medio de este amparo"(foja 42 del cuadernillo)

II.-Fundamento de la Apelación

Los apoderados legales del amparista presentaron recurso de apelación contra la decisión proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, solicitando que dicha resolución sea revocada y se admita el recurso de amparo de garantías constitucionales interpuesto, y como consecuencia, se disponga la suspensión de la orden atacada, para posteriormente pronunciarse en el fondo.

Señala en su apelación, que los argumentos del Tribunal Superior son inexactos, toda vez que se puede mencionar antecedentes de acciones de...

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