Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 10 de Mayo de 2005

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Licenciado Y.G.D., actuando en representación de ha interpuesto Recurso de Apelación en contra de la Sentencia de 17 de enero de 2005, dictada por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, mediante la cual se declara no viable la acción de Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta por el apelante en contra de la orden de hacer contenida en la Resolución No. 15 de 23 de diciembre de 2004, expedida por la Gobernación de la Provincia de Los Santos.

DE LA ORDEN RECURRIDA EN AMPARO DE GARANTÍAS

La orden recurrida mediante la acción de Amparo de Garantías es la Resolución No. 51 de 23 de diciembre de 2004, expedida por la Gobernación de la Provincia de Los Santos, por medio de la cual se revoca y se deja sin efecto el contenido de la resolución 36-2004 de 14 de mayo de 2004, proferida por la Alcaldía Municipal de Pedasí, y a su vez ordena el deslinde a la vía judicial del Proceso Administrativo de Lanzamiento por I. interpuesto por E.Z. y L.Z. en contra de los ocupantes ilegales de las fincas 6928 y 6929, ubicadas en el Corregimiento de Pedasí, Provincia de Los Santos.

GÉNESIS DEL PROCESO

El negocio que nos ocupa tiene su génesis en el Proceso Administrativo de Lanzamiento por Intruso interpuesto ante la Alcaldía Municipal de Pedasí por E.Z. y L.Z. en contra de los supuestos ocupantes ilegales de las fincas 6928 y 6929, ubicadas en el Corregimiento de Pedasí, Provincia de Los Santos y que culminó con la expedición de la resolución 36-2004 de 14 de mayo de 2004, que declara intrusos a todos los ocupantes de las fincas en cuestión.

Dicha decisión fue objeto de un Recurso de Revisión Administrativa por parte de la representación judicial de los supuestos ocupantes ilegales, a fin de que se revisara el expediente conforme a la ley y se anulara lo actuado luego de verificados los errores jurídicos contenidos en el proceso.

Mediante Providencia No. 84-04 de 26 de julio de 2004, la Gobernación de Los Santos decide rechazar de plano dicho recurso, por no cumplir con los requisitos que se establecen en los artículos 191 y 194 de la Ley 38 de 2000. Esta providencia fue impugnada por los supuestos intrusos, mediante un A. de Garantías Constitucionales presentado ante el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, que concede el A. y ordena a la Gobernación acoger el Recurso de Revisión, tal como se hizo a través de la providencia 107-04 de 27 de septiembre de 2004.

DE LA ORDEN RECURRIDA EN AMPARO

Mediante Resolución No. 51 de 23 de diciembre de 2004, se decidió dicho Recurso de Revisión en los siguientes términos:

Está claro...

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