Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 12 de Junio de 2006
Ponente | Graciela J. Dixon C. |
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2006 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia (Panama) |
VISTOS:
En grado de apelación conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia el auto de fecha 17 de marzo de 2006 emitido por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial que negó el incidente de desacato propuesto por el licenciado R.V.C., en contra del Alcalde Municipal del Distrito de Las Tablas, M.G..
El licenciado R.V.C., propuso acción de habeas data contra M.G., Alcalde Municipal del Distrito de Las Tablas, peticionando lo siguiente:
-
Contrato celebrado entre el Municipio de Las Tablas y la Junta Comunal de Las Tablas para el arrendamiento de bienes inmuebles (aceras y otros) de propiedad del Municipio de Las Tablas, para el Carnaval 2005 y 2006.
-
A cuánto ascendió el monto canon de arrendamiento.
-
En qué forma le fue pagado el canon de arrendamiento al Municipio de Las Tablas. En caso que fuera mediante un cheque, le solicitó se sirva proporcionar copia del cheque y de la boleta de depósito en el Banco Nacional de Panamá.
-
Cuántos contratos para el establecimiento de puestos de bebidas cervezas, comidas y cualesquiera otros productos celebró la Junta Comunal de Las Tablas, para el carnaval de 2005 y el precio cobrado. Se deberá adjuntar copia del respectivo contrato.
-
Cuál es el fundamento legal de la Junta de Carnaval y cuáles son sus atribuciones. Se deberá adjuntar copia del respectivo documento.
-
Si para el arrendamiento de los bienes municipales (aceras y otros) se celebra licitación pública, concurso de precios o solicitud de precios. En caso negativo cuál es el fundamento legal para no realizar dichos actos públicos.
Sostiene el apelante que el señor M.G., no cumplió con lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia en la resolución de 3 de marzo de 2006, ya que no entregó la información relativa al contrato celebrado entre el Municipio de Las Tablas y la Junta Comunal de Las Tablas para el arrendamiento de bienes inmuebles, no señaló a cuánto ascendió el monto del canon de arrendamiento; ni indicó en qué forma le fue pagado el canon de arrendamiento al Municipio de Las Tablas.
Pese a ello el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial negó el incidente de desacato por considerar que el funcionario demandado no incurrió en desacato, ya que el mismo le indica al solicitante la entidad u organismo (Junta Comunal y de Carnaval) donde puede obtener la información.
Esta decisión no fue acogida por el recurrente, de allí que esta es la razón de ser de su recurso de apelación.
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba