Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 13 de Abril de 2007

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución13 de Abril de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

En grado de apelación llega al conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de hábeas corpus interpuesta por el Licenciado V.C.C. a favor de P.A.F. en contra de Fiscalía Cuarta de Circuito de Panamá.

El recurrente, si bien presenta escrito anunciando apelación, no presenta escrito de sustentación, no obstante, su argumento primigenio se orienta en establecer que la medida cautelar personal adoptada es ilegal, ya que de la lectura de las declaraciones rendidas se pone al descubierto la falsedad de las mismas, siendo éstos -D.C. (a) N. y H.G. (a) Enano- culpables al igual que el propietario del taller.

Agrega que no se verificó si en el vehículo se encontraban huellas dactilares que puedan acreditar o justificar la veracidad de los testimonio rendidos.

RESOLUCIÓN RECURRIDA

El Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá al conocer en primera instancia de la acción constitucional propuesta, decidió mediante resolución judicial denominada "Sent. 1ra. No. 7" de 17 de enero de 2007, decretar legal la detención preventiva del señor P.A.F., por considerar que la misma ha sido proferida por autoridad competente y el hecho punible que se investiga apareja pena mínima superior a dos años de prisión. En cuanto a su vinculación con el delito investigado, observa el tribunal una explicación sui generis de su actuación, lo que debe ser analizado por el juez natural.

En síntesis, estima el tribunal que se ha dado cumplimiento a los presupuestos legales para ordenar su detención preventiva.

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL DE HÁBEAS CORPUS

Luego del examen de las piezas probatorias allegadas al expediente, el Pleno concluye que la orden de detención preventiva decretada en contra de P.A.F. cumple con las formalidades constitucionales y legales para homologarla.

La medida cautelar personal de privación de libertad guarda relación con el delito contra el Patrimonio -Hurto de Auto- cuya pena mínima de reclusión es superior a los dos años de prisión siendo expedida por la autoridad competente que en el caso bajo examen es la Fiscalía Cuarta de Circuito de Panamá.

Como elementos de pruebas allegados al expediente para la comprobación del hecho punible se presenta:

1-Denuncia interpuesta por el señor E.M., quien declara que el día 01 de agosto de 2006, en los predios de la empresa PAK- AL INTERNACIONAL fue hurtado el vehículo utilizado para la mensajería de la empresa (fs.1-2).

2-Declaración jurada depuesta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR