Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 15 de Marzo de 2006

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

En grado de apelación conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la sentencia del Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, calendada diecinueve (19) de septiembre de 2005, que concedió amparo de garantías constitucionales interpuesto por la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA METRO OESTE (EDEMET) contra la orden de no hacer dictada por el Gobernador de la Provincia de Panamá, en la Resolución Nº. R.A. 027-05 de 11 de julio de 2005.

En la sentencia apelada, el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial concluyó que el Gobernador de la Provincia de Panamá al dictar la Resolución Nº. R.A. - 027-05 de 11 de julio de 2005, se inhibió de conocer un recurso de revisión administrativa para el cual era competente, con lo cual denegó justicia a EDEMET, infringiendo la garantía del debido proceso, por lo que concedió el amparo de garantías constitucionales.

Mediante Resolución s/n de 11 de julio de 2001, el señor Corregidor del Corregimiento de El Coco, distrito de La Chorrera, ordenó el archivo de un expediente que contenía una denuncia por presuntas lesiones personales en perjuicio de la menor de edad M.J.R., al considerar que la misma era improcedente. Dicha decisión fue objeto de recurso de apelación ante la Alcaldía del distrito de La Chorrera.

La Alcaldesa de La Chorrera, a través de la Resolución Nº.C-DAJ-2004-100 de 19 de mayo de 2004, revocó la resolución de primera instancia y declaró responsable de las lesiones personales a la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTICA METRO-OESTE, S.A.. Con posterioridad, la firma forense GALINDO, ARIAS & LOPEZ, en representación de EDEMET, con fundamento en el artículo 8 de la Ley 19 de 1992, interpuso recurso extraordinario de revisión administrativa ante la Gobernación de la Provincia de Panamá, despacho que dispuso no admitirlo a trámite.

El 28 de julio de 2005 la apoderada judicial de la sociedad EDEMET, presentó A. de Garantías Constitucionales, en contra de la presunta orden de no hacer dictada por el Gobernador de la Provincia de Panamá, el cual fue concedido mediante sentencia de diecinueve (19) de septiembre de 2005, emanada del Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, decisión que impugna la Gobernación de la Provincia de Panamá ante esta Superioridad.

La licenciada S.A.C., actuando en representación del señor Gobernador de la Provincia de Panamá, licenciado E.R.A., manifestó su disconformidad con el fallo del Primer Tribunal Superior, indicando que, al estudiar la motivación de la sentencia, pareciera que el A-quo examina la legalidad de lo actuado por el Gobernador de la Provincia de Panamá, como si se tratara de una nueva instancia, situación que invade la competencia de quien legalmente ostenta la interpretación y valoración probatoria por su condición de juez de la...

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