Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 22 de Agosto de 2003

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución22 de Agosto de 2003
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de apelación interpuesto por los abogados y firmas de abogados ALEMÁN, CORDERO, GALINDO & LEE; L.M.D.A.; SUCRE, ARIAS & REYES; VALLARINO, VALLARINO & GARCÍA-MARITANO; R.B.; ICAZA, GONZÁLEZ-RUÍZ & ALEMÁN; H.G.; ORLANDO BARSALLO & ASOCIADOS; LEÓN, NIETO & ASOCIADOS y J.A.F. en nombre y representación de las empresas: BANCO GENERAL, S.A., PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA (PANAMÁ), S.A., CREDICORP BANK, S.A., MULTI CREDIT BANK INC., BAC INTERNATIONAL BANK, INC., BANCO INTERNACIONAL DE PANAMÁ, S.A., BANCO ALIADO, S.A., CONFECCIONES COMODORO, S.A., INVERSIONESJUNO, S.A., Y RC DIRECTO DE CENTROAMÉRICA, S.A., contra la Sentencia dictada por el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA del Primer Distrito Judicial de Panamá de 20 de enero de 2003, dentro de la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta por los abogados y firmas de abogados arriba señaladas contra la orden de no hacer contenida en el Auto Nº 1579 de 2 de agosto de 2002, emitido por el Juzgado Décimo Quinto de Circuito del Ramo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, dentro del Proceso Universal de Quiebra seguido contra las Sociedades Anónimas ADAM'S, S.A., N.Y. TAXI, S.A., LINDUCHI, S.A., SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN ALFA, S.A., REBAJAMODA. S.A., y del señor J.N..

El día 14 de febrero de 2003, el presente recurso de apelación fue sometido para su reparto al Pleno de la Corte, siendo adjudicado a este Despacho, bajo la ponencia del Magistrado JOSÉ A. TROYANO.

No obstante, habiéndose elaborado un extenso Proyecto de fondo por el Despacho del Magistrado Sustanciador y encontrándose en lectura por el resto de los Magistrados que integran el Pleno de esta Corporación de Justicia, los apoderados judiciales de las partes actoras presentaron ante la Secretaría General, escrito de desistimiento mediante el cual desisten del Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución de 20 de enero de 2003, proferida por el Primer Tribunal Superior del...

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