Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 23 de Abril de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución23 de Abril de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Mediante resolución judicial de 18 de septiembre de 2006, el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia de Panamá, no admitió la acción de amparo de derechos fundamentales promovida por el licenciado E.V., en representación de S.M.L.S., contra la supuesta orden de no entregar copias del proceso penal seguido en su contra en el Juzgado Primero Penal de Adolescentes del Primer Circuito Judicial de Panamá.

El Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia indicó que no existe ninguna orden de no hacer, consistente en una supuesta negativa de la Juez Suplente del Juzgado Primero Penal de Adolescentes del Primer Circuito Judicial de Panamá de suministrar unas copias solicitadas por el amparista. Agrega el Tribunal Superior, que lo único que existe es un acta notarial de 15 de septiembre de 2006, de la Notaría Tercera del Circuito de Panamá, en la que se deja constar que como la Juez Suplente del Juzgado Primero Penal de Adolescentes tenía que firmar la providencia por medio de la cual se autorizaba la entrega de las copias solicitadas y la misma no se encontraba que llamaran en la tarde para darles una respuesta.

Con vista entonces, afirmó la resolución judicial censurada, que no se negaron la entrega de las copias solicitadas, y que la amparista no siguió los trámites de ley se decidió no admitir la acción de amparo impetrada (fs.21-24).

El amparista promovió oportunamente recurso de apelación contra la anterior decisión judicial, solicitando su revocatoria y que, en su lugar, se concediera la acción de amparo interpuesta. Señala el recurrente que el 15 de septiembre de 2006, se solicitaron unas copias del proceso seguido a Latorraca Santamaría en el Juzgado Primero Penal de Adolescentes del Primer Circuito Judicial de Panamá, las cuales le fueron negadas bajo la supuesta tesis que se tenía que elaborar una providencia y que la Juez Suplente no se encontraba.

Agrega el recurrente que debido a ello, se intentó nuevamente solicitar las referidas copias con la presencia de un Notario Público y, pese a ello, no se obtuvieron las copias. Aunado a ello, indica el apelante, se había solicitado la suspensión de la audiencia y también estaba pendiente de resolverse un incidente de nulidad, una denuncia y una solicitud de investigación.

Continúa expresando el apelante, que existió una tramitación irregular una vez se presentó la acción de amparo, pues el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia debió solicitar de inmediato el expediente principal que...

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