Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 26 de Marzo de 2004

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Para resolver en grado de apelación, ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia la sentencia 1ra. No.85 fechada 18 de noviembre de 2003 dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro de la acción de hábeas corpus propuesta por el Licenciado E.A.B. a favor del ciudadano R.V.S.P. y en contra de la Fiscalía Quinta de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá.

DECISIONES DE PRIMERA INSTANCIA

El Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante la sentencia 1ra. No.85 fechada 18 de noviembre de 2003 declaró legal la detención preventiva del señor R.V.S.P. quien se encuentra a órdenes de la Fiscalía Quinta de Circuito; la sentencia aludida expresa en su parte resolutiva lo siguiente:

"QUINTO: Bajo esta perspectiva, se puede concluir que la orden de detención decretada cumple con los presupuestos contemplados en las normas de procedimiento vigentes, por lo que debe reconocerse su legalidad, y en ese sentido ha pronunciarse la sinergia.

SEXTO

No está demás señalar, en relación con los planteamientos formulados por el abogado defensor, que la demanda de hábeas corpus, tal y como se indicó primeramente, tiene como única finalidad revisar la orden de detención impartida contra una determinada persona para determinar si es fundada o no esta medida. No es a través de este juicio especial que debe dilucidarse ninguna otra circunstancia referente a la viabilidad o no de aplicar medidas cautelares distintas a la detención preventiva, ya que la ley contempla los mecanismos precisos que deben ser accionados para tal fin.

PARTE RESOLUTIVA

En mérito de las consideraciones esbozadas con antelación, el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LEGAL la orden de detención impartida contra el señor R.V.S., sindicado por el delito de hurto (sic) de robo en perjuicio del señor R.F.B. y ORDENA que sea nuevamente filiado a órdenes de la autoridad correspondiente." (Ver fojas 16 a 22 del cuadernillo de Hábeas Corpus)

DISCONFORMIDAD DEL APELANTE

La disconformidad del Licenciado Batista surge, según manifiesta a través de su escrito de sustentación del recurso de apelación, del hecho de que a pesar de que se presentaron suficientes elementos probatorios tendientes a demostrar que se puede sustituir o modificar la medida impuesta a su defendido, el...

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