Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 28 de Abril de 2004

PonenteRoberto González R.
Fecha de Resolución28 de Abril de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

En grado de apelación conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de hábeas corpus interpuesta por la firma forense GUERRA & GUERRA a favor de la señora E.S.D.P., sentenciada por el delito de peculado culposo en perjuicio de la Caja de Seguro Social.

ANTECEDENTES

Mediante sentencia No. 131 de 13 de septiembre de 2000 la señora E.R.S.D.P. fue declarada penalmente responsable del delito de peculado culposo en perjuicio de la Caja de Seguro Social, siendo condenada a la pena de un año de prisión y a cien días multa a razón de un balboa por día, que debería ser cancelado en el plazo de seis meses.

En esa sentencia le fue reemplazada la pena de prisión por 75 días multa a razón de B/.10.00 balboas diarios, totalizando una cuantía de B/.750.00 balboas, suma que debía cancelar, igualmente, en un plazo de seis meses. Esta decisión fue apelada y confirmada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia a través de resolución judicial de 13 de agosto de 2002 (folio 1000 de los antecedentes).

Posteriormente la señora SOLIS DE P., mediante escrito de 24 de septiembre de 2002 solicitó la suspensión de toda actuación relacionada con la ejecutoria de la sentencia hasta que la Sala Segunda de lo Penal resolviera un recurso de revisión interpuesto a su favor. Esta petición fue negada mediante Auto No. 215 de 21 de febrero de 2003, pues al momento de presentarla, sólo existía la intención por parte del defensor de la procesada de promover el recurso de revisión.

Consta a folio 1043, el oficio con fecha 19 de mayo de 2003 remitido por la jueza de la causa al Ministerio de Economía y Finanzas, en la que requiere información sobre la cancelación de la pena pecuniaria impuesta a la señora SOLIS DE PATIÑO. El 26 de septiembre de 2003 se emitió el Auto No. 1102 que revoca el reemplazo de la pena otorgado a E.R.S.D.P. y ordena que cumpla un año y 50 días de prisión, girando los oficios de captura respectivos. (Ver folio 1049 y siguientes de los antecedentes).

Posteriormente mediante escrito de 27 de octubre de 2003 la firma forense GUERRA & GUERRA presenta una solicitud para la cancelación de la multa a la jueza de grado, expresando ésta, mediante resolución judicial de 19 de noviembre de 2003, que accedía al pago de los 100 días multa, sin embargo negaba la solicitud de cancelación de los B/.750.00 que se habían fijado en reemplazo de la pena de prisión.

El doctor S.G.M. interpuso una acción de Hábeas Corpus de carácter preventivo a favor de su representada, pero la orden de detención fue declarada legal por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, lo que motivó la presentación del recurso de apelación objeto de esta resolución.

LA APELACION:

A folio 24 y siguientes del cuadernillo de Hábeas Corpus, el recurrente sostiene que la privación de libertad de su representada deviene en ilegal por cuanto que, el Segundo...

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