Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 31 de Diciembre de 2003

EmisorSupreme Court (Panama)
PonenteRogelio A. Fábrega Zarak
Fecha31 Diciembre 2003
Número de expediente969-03
CategoríaDerecho penal,derecho a la tutela judicial efectiva,Derecho administrativo,derecho administrativo sancionador

VISTOS:

En grado de apelación conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de amparo de garantías constitucionales presentada por la firma forense WATSON & ASSOCIATES quien recurre la sentencia de 3 de septiembre de 2003 emitida por el Primer Tribunal Superior de Justicia que deniega la acción constitucional propuesta contra la orden de hacer contenida en el auto de multa de 7 de agosto de 2003, proferido por el Juez Décimo Tercero de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá.

El auto de 7 de agosto de 2003 impuso al amparista una multa de veinticinco dólares ($25.00) por no asistir a la audiencia preliminar fijada para el día jueves 31 de julio de 2003 a las 2:00 P.M. a celebrarse dentro del proceso seguido a V.R.L. por la presenta comisión de delitos Contra el Honor en perjuicio de E.P.B..

LA RESOLUCION RECURRIDA

La sentencia de 3 de septiembre de 2003 emitida por el Primer Tribunal Superior de Justicia se encuentra legible a folio 21 y siguientes del cuadernillo de amparo.

Expresa el fallo impugnado que le asiste la razón al amparista al sostener en su demanda constitucional que la disposición procesal que regula lo atinente a la audiencia preliminar es el artículo 2197 del Código Judicial y esa disposición no contiene sanción procesal alguna por la inasistencia a la misma, así mismo, que la norma aplicada por el juez demandado (art.2268 del Código Judicial) es aplicable para la celebración de la audiencia ordinaria y no para la preliminar pues se encuentra ubicado en el Título III del Libro Tercero del Código Judicial que se denomina "DEL PLENARIO", mientras que el artículo 2197 mencionado se encuentra ubicado en el Título Segundo del Libro Tercero del Código Judicial que se denomina "SUMARIO".

Continua expresando la sentencia, que la multa impuesta es una sanción procesal y que conforme a lo dispuesto en el artículo 1948 de la misma excerta legal las sanciones procesales deben ser interpretadas de manera restrictiva.

Finalmente, sostiene dicho Tribunal lo siguiente:

"Sin embargo, este tribunal considera que las violaciones alegadas por el amparista no guardan relación con la norma constitucional invocada en esta demanda.

La norma invocada lo es el artículo 31 de la Constitución Nacional que establece que: "Solo serán penados los hechos declarados punibles por ley anterior a su perpetración y exactamente aplicable al acto imputado", y tal como el mismo amparista indica, la orden impugnada contiene una sanción procesal que de manera alguna (sic) un hecho punible.

Así como no es aplicable la analogía en materia penal, así, en materia de Amparo...rige el principio de "justicia rogada" según el cual "las partes fijan el objeto del proceso, limitando en esa forma las facultades del tribunal de manera que el juez conoce únicamente lo que las partes someten a su decisión y, por ello, debe decidir la causa de conformidad con lo preestablecido en la demanda

Considera entonces este Tribunal de Amparo, que aún si se considerara que la sanción procesal no será procedente, tales violaciones no atentan contra la garantía expresamente consagrada en el artículo 31 constitucional invocado en la demanda que ahora se atiende". (fs.25-26)

FUNDAMENTO DE LA APELACION:

La apelación presentada por WATSON & ASSOCIATES es legible a folio 28 y siguientes del cuadernillo de amparo. Expresa el recurrente que el argumento central de su libelo es que "no hay pena sin ley que la establezca", de allí que el Juez Décimo Tercero de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá carece de la facultad para imponer a los defensores multas por la inasistencia a las audiencias preliminares, toda vez que el artículo 2197 del Código Judicial no contempla sanciones por la inasistencia a las mismas.

Expresa el recurrente que ha sido transgredido el artículo 31 del Texto Constitucional al expresar el Primer Tribunal Superior de Justicia que esa norma constitucional sólo resguarda el principio de que no hay delito sin ley, soslayando el hecho de que de él emergen otros dos principios a saber: no hay sanción sin ley que la haya establecido previamente y no hay sanción por analogía.

Por dicha razón, al no prever la ley sanción por la inasistencia del defensor a la primera fecha de una audiencia preliminar, el juzgador no puede sancionarlo amparándose en fundamentos jurídicos contenidos en otras disposiciones, específicamente las relativas a la audiencia ordinaria.

El recurrente agrega a folio 32 del cuadernillo que:

"La orden de hacer en cuestión, violó la garantía constitucional consignada en el artículo 31 de la Constitución Nacional ya que:

Consideró como sancionable un hecho que la ley así no lo considera expresamente; e,

impuso una sanción por vía de la analogía, al utilizar una excerta legal no aplicable al caso, y cuando la norma procesal aplicable no indica sanción alguna para el hecho de no asistir a la audiencia de fondo o del plenario.

porque se impuso una sanción-multa- a nuestra firma de abogados por un hecho de carácter negativo que la ley no le impone sanción alguna".

CONSIDERACIONES DEL PLENO:

Vistos los planteamientos en que se sustenta la apelación de la acción interpuesta, así como el criterio del Primer Tribunal Superior, pasa el Pleno de la Corte ha decidir con base a las siguientes consideraciones.

La garantía del debido proceso que incorpora la Constitución Política en su artículo 32, tiene una consolidada existencia en nuestro Estado de Derecho, como institución fundamental garantizadora de los derechos fundamentales, en todas nuestras Cartas Constitucionales, y consiste, como ha puntualizado el M.A.H., en "una institución instrumental en virtud de la cual debe asegurarse a las partes en todo proceso -legalmente establecido y que se desarrolle sin dilaciones injustificadas- oportunidad razonable de ser oídas por un tribunal competente, predeterminado por la ley, independiente e imparcial, de pronunciarse respecto de las pretensiones y manifestaciones de la parte contraria, de aportar pruebas lícitas relacionadas con el objeto del proceso y de contradecir las aportadas por el contraparte, de hacer uso de los medios de impugnación consagrados por ley contra resoluciones judiciales motivadas y...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR