Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 3 de Marzo de 1998

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Tribunal Marítimo de Panamá dictó sentencia oral de 20 de octubre de 1994, dentro del Proceso Especial de Ejecución de Crédito Marítimo Privilegiado que ASSOCIATED STEAMSHIP AGENTS, S.A. le sigue a MOTONAVE "ZEETOR", contra la cual han interpuesto recursos de Apelación los apoderados de ambas partes, la firma forense C.P.P.C. ABOGADOS y la firma CARRERA & PÉREZ, respectivamente.

La citada sentencia, objeto de apelación, resuelve lo siguiente:

"1. Se CONDENA a la Motonave "ZEETOR", a pagarle a ASSOCIATED STEAMSHIP, S.A. la suma de DOCE MIL CUATROCIENTOS CUATRO BALBOAS CON 97/100 (B/.12,404.97), en concepto de capital, más los intereses legales de esta suma, y el (69.67%) de los gastos del proceso. Las C. en cuanto a trabajo en derecho se establecen en la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN BALBOAS (B/.2,481.00).

  1. En la demanda de Reconvención de M/N "ZEETOR" vs ASSOCIATED STEAMSHIP AGENTS, S.A. se CONDENA a ASSOCIATED STEAMSHIP AGENTS, S.A., a pagarle a la M/N "ZEETOR" el (30.33%) del costo de la Fianza de Liberación del Buque, utilizada para garantizar la cuantía de la presente demanda; y se ordena como medida para mejor resolver que en la fase de Liquidación de esta Sentencia, la Motonave "ZEETOR" presente todos los documentos fehacientes que comprueben la cuantía razonable para el mantenimiento de la mencionada Fianza, de lo contrario no se reconocerá esa suma.

    Igualmente se condena a ASSOCIATED STEAMSHIP AGENTS, S.A., a cubrir los gastos de la Demanda de Reconvención, lo cual se liquidará por Secretaría. Una vez establecida en la forma como estamos resolviendo se establecerá en cuanto a trabajo en derecho que correspondan.

  2. En cuanto a la Demanda en contra de OMEGA CHARTERING, CORPORATION, se ABSUELVE a OMEGA CHARTERING, CORPORATION de la demanda contra ella, enderezada por la motonave "ZEETOR". Y se condena a la Motonave "ZEETOR" a pagar los gastos a OMEGA CHARTERING dentro de esa demanda en su contra; y los honorarios en cuanto a trabajo en derecho se establecen en la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO BALBOAS CON 45/100 (B/.2,885.45), suma que se toma en consideración en base a la cuantía de la demanda de Reconvención.

  3. En cuanto a la Demanda de Reconvención de OMEGA CHARTERING, CORPORATION contra la motonave "ZEETOR", se Absuelve a la motonave "ZEETOR", y se CONDENA a OMEGA CHARTERING, CORPORATION a pagarle a Motonave "ZEETOR" los gastos correspondientes de la Demanda de Reconvención y se CONDENA igualmente a OMEGA CHARTERING, CORPORATION a pagarle a la M/N "ZEETOR" en cuanto a trabajo en derecho, la suma de NOVECIENTOS BALBOAS (B/.900.00)". ... (Fs. 356-357).

    Como se tiene dicho, las partes apelaron el fallo del Tribunal Marítimo, por lo que la Sala pasa a sintetizar lo que cada una alega en sus respectivos escritos:

    1. RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR MOTONAVE ZEETOR:

    La sociedad ASSOCIATED STEAMSHIP AGENTS, S.A. demandó ante el Tribunal Marítimo de Panamá a la M/N ZEETOR en concepto de servicios brindados a dicha nave para sus necesidades y aprovisionamientos, por la suma de B/.17,804.58.

    De la suma pretendida, la nave demandada aceptó que, en concepto de necesidades y aprovisionamiento, sólo era admisible la cantidad de B/.12,404.97 y que el resto lo debía el señor J.M., en concepto de obligaciones personales (lo cual no constituye un crédito marítimo privilegiado), pero que de los B/.12,404.97 a la motonave sólo le incumbía pagar B/.1,614.64, en atención a las siguientes razones:

    La sociedad OMEGA CHARTERING, CORPORATION (agente de carga de la M/N ZEETOR y filial o asociada de la demandante ASSOCIATED STEAMSHIP) había recibido de la sociedad PS INTERNATIONAL, Ltd. de Indianapolis (Indiana) la suma de B/.10,790.33 para aplicarla a un flete de la M/N ZEETOR; pero la sociedad OMEGA CHARTERING, que debió aplicar dicha suma a las obligaciones de esa motonave para con ASSOCIATED STEAMSHIP AGENTS, la aplicó indebidamente al pago de obligaciones de la M/N NIVA y, por ello, se produjo la demanda de ASSOCIATED contra la nave ZEETOR.

    Todo esto provocó que la M/N ZEETOR presentara una demanda de reconvención contra la demandante (ASSOCIATED STEAMSHIP) y que el Tribunal llamara como tercero a la sociedad OMEGA CHARTERING, CORPORATION. En esta demanda de reconvención le solicitaba que se declarase lo siguiente:

  4. Que OMEGA CHARTERING, CORP. está obligada a pagar a ASSOCIATED STEAMSHIP la suma de B/.10,790.33 que recibió de parte de PS INTERNATIONAL, LTD. de Indianapolis, I. para cancelar un flete de la M/N ZEETOR, pues la usó indebidamente para hacer un pago a favor de un tercero (M/N NIVA).

  5. Que OMEGA CHARTERING, CORP. adeuda, además, a la M/N ZEETOR la suma de B/.11,328.00, en concepto de demoras (demorrage) durante la carga y descarga de la M/N ZEETOR en los puertos de Barranquilla, Colombia, y M., Haití.

  6. Que de la suma de B/.11,328.00, OMEGA CHARTERING debía cancelarle a ASSOCIATED STEAMSHIP la suma de B/.1,614.64, que es el saldo adeudado por la M/N ZEETOR a esta sociedad en concepto de agenciamientos.

  7. Que OMEGA CHARTERING por su incumplimiento, en virtud de apropiación de los fondos de la M/N ZEETOR, le debe a la misma los gastos y perjuicios originados por el secuestro realizado por la demandante ASSOCIATED STEAMSHIP.

    Sostiene la apelante demandante en reconvención (M/N ZEETOR) que, para probar lo anteriormente afirmado contra la demandada OMEGA CHARTERING, presentó telefaxes emitidos por la sociedad fletadora P. S. INTERNATIONAL, LTD., documentos que son pruebas fidedignas por no haber sido tachados de falsos. Además, considera que la contestación expresada por OMEGA CHARTERING constituye una confesión, por lo que transcribe lo pertinente:

    "PRIMERO: El señor J.M., dueño y representante legal de la sociedad PACIFIC COASTING, S.A., propietaria de la M/N "ZEETOR" se acercó a OMEGA CHARTERING, CORPORATION en su calidad de corredora de fletes (shipbroker) con el ruego de que se le buscara carga a la M/N "ZEETOR" ya que la nave estaba parada sin carga que transportar.

SEGUNDO

OMEGA CHARTERING, CORPORATION (en adelante "OMEGA") en su condición de corredora de fletes ("broker") fijó (consiguió) contrato para que la M/N "ZEETOR" transportara una carga de 850 TONELADAS MÉTRICAS de cemento desde Barranquilla, Colombia, a Migraone, Haití, por un flete de $8.00 por tonelada. El contrato se concertó entre PACIFIC COASTING, S. A. (dueño del barco) y P.S.I., fletadora, conforme a contrato cuya copia se acompaña.

SEXTO

El flete ganado por M/N "ZEETOR" por la carga de cemento a que se refiere el hecho SEGUNDO ascendió a $10,790.33 de lo cual había que deducir la comisión del "broker" de 2-1/2 o sea (sic) la suma de $269.76, dejando un neto de $10,520.57". ... (Fs. 364-365).

Dice el recurrente que, de acuerdo a lo transcrito, OMEGA CHARTERING admite la existencia de un contrato de fletamento con PS INTERNATIONAL, LTD. y no niega que esta le pagó (en concepto de flete) la suma de B/.10,790.33. Por tanto, solicita que se declare que OMEGA CHARTERING está obligada a pagar dicha suma a ASSOCIATED STEAMSHIP, ello, "en su condición de agente de carga de la M/N ZEETOR, admitido por la misma".

Finalmente, se objeta el hecho de que el Tribunal Marítimo condenase a la M/N ZEETOR al pago de costas por la suma de B/.2,481.00, aduciendo que dicha condena obedece, a lo mejor, a que el apoderado de la demandante en su alegato de conclusión empleó el término desidia, "por considerar que la palabra "desidia" empleada por la defensa técnica de Motonave Zeetor era sinónimo de "negligencia o pereza"", cuando, según lo expresa, de lo que se estaba acusando al tribunal era de inactividad procesal, o sea, de falta de la actividad que la ley le faculta ejercer de oficio; en este caso, decretar la caducidad de la instancia.

En consecuencia, los apoderados de la M/N ZEETOR pretenden que esta Corporación, con base a las pruebas y confesiones, reforme la sentencia dictada por el Tribunal Marítimo y en su lugar sólo se condene a su representada a pagarle a ASSOCIATED STEAMSHIP la suma de B/.1,614.64 y se le absuelva de pagar costas por la ausencia de mala fe. En cuanto a OMEGA CHARTERING, CORP., aspira que se le condene a pagar a ASSOCIATED STEAMSHIP la suma de B/.10,790.33, suma que desvió para pagar obligaciones de terceros (M/N NIVA) y que también se le condene a pagarle a la M/N ZEETOR los...

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