Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Mayo de 1994

PonenteCARLOS LUCAS LÓPEZ T
Fecha de Resolución30 de Mayo de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Ha ingresado a esta Sala Civil, en grado de apelación la Excepción de Prescripción de la acción de reconvención, interpuesta por la parte demandante MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE BUQUES DE PESCA DE ESPAÑA en contra de YAMATO KAIUN (PANAMÁ) S. A.

El auto apelado fue dictado por el Tribunal Marítimo de Panamá el 27 de enero de 1994. El mismo declaró prescrita la acción de la parte demandada para reconvenir contra la demandante, lo que provocó la solicitud de alzada por parte de la demandada apelante, que la Sala procede a resolver, previas las siguientes consideraciones.

ANTECEDENTES

El presente proceso se inicia con la interposición de la demanda por parte de Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España contra Yamato Kaiun (Panamá) S. A., el 2 de septiembre de 1988 ante el Tribunal Marítimo de Panamá. La misma tiene por objeto que se condene al pago de B/.565,000.00 a Yamato Kaiun (Panamá) S.A y a la Nave "NEPTUNIA" en concepto de "perdida total constructiva de la nave, indemnización de flete, más intereses, costas y gastos que se hayan causado desde la fecha del abordaje". (f. 3)

La demanda fue contestada el 1º de julio de 1991 por el apoderado de la demandada R.P.P.. Y en la misma fecha fue presentada demanda de reconvención por parte de la demandada contra la demandante.

El día 13 de agosto de 1991 fue presentada por la demandada la excepción de prescripción de la acción de la demandante (fs. 209 a 210), a la cual se opuso la misma mediante escrito de 16 de agosto de 1991 (fs. 214 a 216). En tanto el Tribunal Marítimo de Panamá en sentencia de 9 de septiembre de 1992 niega la excepción presentada por la parte demandada.

El 22 de septiembre de 1992 la parte demandante en el proceso propone escrito de excepción de prescripción de la acción de reconvención,(fs. 259 y 260), a la cual se opuso la demandada en escrito presentado el 29 de septiembre de 1992, (fs. 267 a 271). En tanto el Tribunal Marítimo de Panamá en resolución de 27 de enero de 1994 declaró prescrita la acción de la parte demandada para reconvenir contra la demandante.(fs. 286 a 290)

La excepción de Prescripción contra la acción de reconvención interpuesta por la demandante excepcionante se fundamenta en los siguientes hechos:

"PRIMERO: El abordaje entre la nave "NEPTUNIA" y la nave "ORE" ocurrió el día 7 de Septiembre de 1986.

SEGUNDO

Tal como quedó debidamente probado en el proceso, el abordaje...

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