Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 18 de Septiembre de 1995

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 1995
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

En grado de apelación han ingresado a la S. de lo Civil de la Corte los expedientes contentivos de los procesos marítimos: Proceso Ordinario propuesto por S.G., J.C., J.R.Á.C., J.N., R.E.J.D. y R.O.S. -vs- C. MAROCAINE DE NAVIGATION y Proceso de Ejecución de Crédito Marítimo Privilegiado propuesto por PILOT OCEANWAYS CORPORATION contra la CARGA A BORDO DE LA M.N.I..

El señor J. del Tribunal Marítimo de Panamá, mediante auto de 6 de marzo de 1995, dictado en la primera de las mencionadas causas marítimas, decidió ACUMULAR dichos procesos.

Los apoderados judiciales de la parte demandante del proceso ordinario apelaron contra el referido auto que dispone acumulación; y, por concedido el recurso, le corresponde entonces a la S. de la Corte decidir la alzada sin mas trámites, y conforme a derecho. Veamos:

CONTENIDO DEL AUTO APELADO

En el auto que ordena la acumulación de los aludidos procesos marítimos, el J. a-quo sostiene:

"TRIBUNAL MARÍTIMO DE PANAMÁ. Panamá, seis (6) de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995).

VISTOS:

Este es un proceso ordinario marítimo que S.G., J.C., J.R.Á.C., J.N., R.E.J.D. y R.O.S., representados por la firma forense DUDLEY & ASOCIADOS, contra COMPAGNIE MAROCAINE DE NAVIGATION.

La demanda fue presentada el día 16 de abril de 1991, se admitió el día 7 de mayo del mismo año, y, tal como se solicitó, por estar la parte demandada en el extranjero se le corrió traslado de la misma conforme el artículo 400 del Código de Procedimiento Marítimo (en adelante CPM), designándose al abogado LOUI PANCRACI para dicho efecto (v. fjs. 37-39 del expediente).

Las notificaciones correspondientes de la demanda conforme con el citado artículo 400 del CPM, se realizaron en todo conforme a la ley procedimental tal como se puede observar de fjs. 40 a 45 del expediente y a solicitud de la parte demandante, cumplidos los trámites y términos de la ley, se les comunicó a las partes la celebración de la audiencia preliminar en la causa (v. fjs. 48-49).

La audiencia preliminar se celebró el día 9 de julio de 1992 y en ésta se resume la acción intentada y los puntos materia de la controversia, los que se expresan sucintamente a continuación.

ACCIÓN INTENTADA Y PUNTOS MATERIA DE LA CONTROVERSIA:

Como se ha dicho, estamos ante una demanda marítima ordinaria incoada por S.G. et al contra COMPAGNIE MORACAINE (sic) DE NAVIGATION (CONAV), para que ésta última sea condenada a pagarle a los demandados la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES, moneda de curso legal de los Estados Unidos (US$2,500,000.00) en concepto de retribución por salvamento efectuado a la M/N IMILCHIL el día 19 de agosto de 1990, más las costas y gastos del proceso.

La demanda se fundamenta en que la parte actora constituida por la tripulación del remolcador "BALBOA", participaron en las operaciones de salvamento de la motonave "IMILCHIL". Salvamento, que según sostienen los demandantes fue originalmente solicitado por la motonave "IMILCHIL" y contratado mediante el documento conocido como "Lloyd Open Form (LOF 1980)", contrato que fue violado, como afirman y por ende, manifiestan, rescindido por la M/N "Imilchil", pues el capitán, y la tripulación de ésta abandonaron la nave durante la faena de salvamento. Pese a ello, es la contención de los demandantes, los tripulantes de la M/N "BALBOA" continuaron la misión de salvamento, la cual finalmente produjo resultados útiles.

En el acto de audiencia ordinaria no se pudo definir con precisión, lo cual sigue pendiente, cuál será el derecho sustantivo aplicable a la causa, si la ley marroquí o la ley panameña, solicitándose en consecuencia a la parte demandante que presentase su caso de conformidad con estos dos derechos sustantivos.

En la audiencia ordinaria, la parte demandante se ratificó en las pruebas presentadas junto con la demanda, es decir, la patente de navegación de la M/N Balboa; copia del contrato de salvamento de la M/N Imilchil y copia...

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