Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 16 de Julio de 2003

PonenteRogelio A. Fábrega Zarak
Fecha de Resolución16 de Julio de 2003
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma CARREIRA PITTI, P.C. ABOGADOS, apoderados judiciales de BALTIC SEA AGENCY, interpuso recurso de apelación contra el Auto Nº218 de fecha 25 de julio de 2002, proferido por el Primer Tribunal Marítimo de Panamá, mediante la cual se resuelve:

1. TENER POR DESISTIDO EL SECUESTRO IN REM que BALTIC SEA AGENCY INC., mantenía contra la M/N INTERNACIONAL 4, por falta de consignación de fondos que provocó su levantamiento forzado por ministerio de la Ley.

2.- NO ADMITIR la Solicitud de Apertura de Procedimiento Especial de Concurso de Acreedores Privilegiados, que solicitaron los apoderados de la parte demandante.

Esta Sala antes de proceder a analizar el recurso de apelación contra la decisión del Tribunal Marítimo, según consta a fojas 253-260, procede a realizar un resumen del caso.

RESUMEN DEL CASO

La sociedad de registro panameño SEA BALTIC AGENCY, INC., mediante sus apoderados judiciales, interpuso ante el Tribunal Marítimo de Panamá, una demanda especial de ejecución de crédito marítimo privilegiado contra la M/N INTERNACIONAL 4, de registro rumano, en donde la parte actora solicitó que sea condenada al pago de la suma de VEINTISIETE MIL DÓLARES MONEDA DE CURSO LEGAL EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD.$27,000.00) más los intereses, costas y gastos del presente proceso.

Mediante Auto No.337 de 25 de septiembre de 2001 (fs.43-44), el Tribunal Marítimo de Panamá, resolvió lo siguiente:

"1.- DECRETAR SECUESTRO a favor de BALTIC SEA AGENCY, INC. le sigue a la M/N "INTERNACIONAL 4", de registro de Rumano; la cual se encuentra secuestrada y a órdenes del Tribunal Marítimo de Panamá, hasta la concurrencia de VEINTISIETE MIL DÓLARES CON 00/100 (US$27,000.00), en concepto de capital, más los intereses, gastos y las costas que en cuanto al trabajo en derecho se fijan temporalmente en la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 00/100 (US$3,805.00).

Mediante Auto No.407 de 20 de noviembre de 2001 (fs.162-163), el Tribunal Marítimo de Panamá, decreta el levantamiento del secuestro que afecta a la M/N "INTERNACIONAL 4", medida precautoria decretada el 25 de septiembre de 2001, en el proceso propuesto por BALTIC SEA AGENCY, INC.

AUTO RECURRIDO

La firma de abogados CARREIRA PITTI, P.C. ABOGADOS, apoderada judicial de BALTIC SEA AGENCY, interpone recurso de apelación contra el Auto No.218 de 25 de julio de 2002 (fs.229-235), en que el Primer Tribunal Marítimo de Panamá resolvió lo siguiente:

1.- TENER POR DESISTIDO EL SECUESTRO IN REM que BALTIC SEA AGENCY INC., mantenía contra la M/N INTERNACIONAL 4, por falta de consignación de fondos que provocó su levantamiento forzado por ministerio de la Ley.

2.- NO ADMITIR la Solicitud de Apertura de Procedimiento Especial de Concurso de Acreedores Privilegiados, que solicitaron los apoderados de la parte demandante.

APELACIÓN DE BALTIC SEA AGENCY, INC.

El apelante, la firma CARREIRA PITTI, P.C. ABOGADOS, fundamenta su recurso en las siguientes consideraciones:

"2.- LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA.

PRIMERO

Tal y como se manifestó al principio de este escrito, la Resolución Impugnada es el Auto No.218 de fecha 25 de Julio de 2002 el cual encuentra DESISTIDO EL PRESENTE SECUESTRO IN REM, en...

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