Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Julio de 2005

PonenteVirgilio Trujillo López
Fecha de Resolución19 de Julio de 2005
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

En el proceso ordinario marítimo que NATIONAL UNION FIRE INSURANCE COMPANY OF PITTSBURGH PA. le sigue a NORDANA LINES AS, los apoderados especiales de la parte demandada presentaron Recurso de Apelación, ante esta Sala de lo Civil de la Corte, contra la resolución de 30 de junio de 2003.

Encontrándose el proyecto de resolución, elaborado por el Ponente, en etapa de lectura de los otros Magistrados que integran la Sala, los apoderados judiciales de ambas partes suscribieron un escrito de Desistimiento del Proceso, el cual fue presentado ante la Secretaría de esta Corporación, cuyo tenor es el siguiente:

"....

Comparecen, J.A.P. G., apoderados especiales de la parte demandante NATIONAL UNION FIRE INSURANCE COMPANY OF PITTSBURGH, PA. y DE CASTRO & ROBLES, apoderados especiales de la demandada NORDANA LINE AS, en adelante indistintamente "Las Partes". Las Partes, de generales que constan en autos, comparecemos respetuosamente ante este Tribunal y manifestamos lo siguiente:

  1. Las Partes han llegado a un acuerdo extrajudicial.

  2. J.A.P.G., debidamente facultado para ello según consta en el Poder que reposa en autos, manifiesta expresamente que DESISTE DEL PROCESO anunciado al margen superior izquierdo.

  3. DE CASTRO & ROBLES, debidamente facultados para ello, manifiestan expresamente que ACEPTAN EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO.

  4. Las partes manifestamos al Tribunal que no hemos sufrido daño o perjuicio alguno por las acciones y recursos instaurados en este proceso, y solicitamos al Tribunal que archive el expediente que contiene este proceso.

  5. Nos notificamos y allanamos a la resolución que apruebe lo aquí acordado.

Para constancia, Las Partes firman en señal de la aceptación de lo aquí expuesto

DERECHO: Artículo 445 y demás concordantes de la Ley 8ª de 1982, reformada por la Ley 11 de 1986. ...." (Fs. 242).

Vemos que mediante el escrito previamente transcrito, el apoderado judicial de la demandante desiste del proceso y a su...

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