Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 20 de Mayo de 1998

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución20 de Mayo de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado ELISEO NAVARRO interpuso recurso de apelación contra auto proferido por la Dirección General del Registro Público, el 17 de julio de 1996, mediante el cual se negó la inscripción de la Escritura Pública Nº 2503 de 3 de mayo de 1996 de la Notaría Novena del Circuito de Panamá, por la cual se protocoliza "CONTRATO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS PREDIOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN CONDOMINIOS DE CORONADO", de fecha 26 de abril de 1996.

De acuerdo con lo que establece el numeral 2 del artículo 94 del Código Judicial, le corresponde a la Sala Civil conocer de las apelaciones contra las resoluciones dictadas por el Registro Público, por lo que se procede a resolver el presente negocio, previas las siguientes consideraciones.

El auto impugnado es del tenor siguiente:

"El contenido de este documento consiste en un Contrato Privado entre la asociación de propietarios de la Urbanización Condominios Coronado y la empresa Raíces (sic) Quijano, S.A., para la administración de los predios de la propiedad de la Asociación el cual no es materia de inscripción.

Por los motivos expuestos se NIEGA su inscripción. Fundamento Legal: Artículo 1764 y 1795 del Código Civil y artículo 47 del Decreto 9 de 1920". (F. 8).

Por su parte, el recurrente sostiene que el documento cuya inscripción se solicita consiste en un contrato de administración, específicamente un mandato mercantil, que afecta tanto bienes inmuebles como de otra naturaleza, por lo que considera que es susceptible de inscripción en el Registro Público, en atención a lo dispuesto en el Código de Comercio.

Como consecuencia de esta negativa, el recurrente considera que el Registrador violó por comisión los artículos 47 del Decreto Nº 9 de 1920, 1764 y 1795 del Código Civil y por omisión el numeral 7 del artículo 57 del Código de Comercio.

La lectura del documento cuya inscripción fue negada por el Registro Público, pone de manifiesto que se trata de un contrato para la administración de los predios de la Asociación de Propietarios de la Urbanización Condominios Coronado, celebrado entre esta asociación y la sociedad Bienes Raíces Quijano, S.A. En ese documento se señala el término de duración del contrato, se describen cuáles son las facultades que se le otorgan a la compañía administradora y la suma de dinero que la Asociación se compromete a pagarle mensualmente a la administradora por sus servicios.

A pesar de que el recurrente alega que se trata de un...

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