Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 20 de Julio de 2001

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución20 de Julio de 2001
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado JOSE N.B.C., en su condición de apoderado especial de la sociedad LAVITA, S. A. (antes COMPAÑIA GONZALEZ ESTENOZ, S.A.), ha interpuesto recurso de apelación contra la Resolución N° 14 dictada por la Dirección General del Registro Público el 8 de mayo de 2001, relacionada con la solicitud de cancelación de la inscripción de la Escritura Pública N° 7778 de la Notaría Primera del Circuito de Panamá, fechada 27 de octubre de 1993.

La resolución impugnada resuelve lo siguiente:

"Que en base a lo anterior, La Directora General del Registro Público de Panamá resuelve no acceder como en efecto no accede a la solicitud de cancelación de la inscripción provisional de la Escritura Pública N° 7778 de 27 de octubre (sic) de la Notaría Primera del Circuito de Panamá, por la cual la sociedad Compañía González Estenoz, S.A., vende varias fincas de su propiedad al señor S.M., documento que guarda relación con las fincas N° 4916, inscrita en el folio 468 del tomo 716; N° 4918, inscrita en el folio 474 del tomo 316; N° 2966, inscrita en el folio 406 del tomo 312 y N° 2743, inscrita en el folio 260 del tomo 271, todas de la Sección de Propiedad de la Provincia de Colón, presentada por el Licenciado JOSE N.B.C." (Foja 14)

Al revisar las constancias procesales se advierte que la presente controversia se inició cuando el Licenciado JOSE N.B.C. presentó escrito ante la Dirección General del Registro Público el 17 de enero de 2001, en el que solicitaba "ordenar la Cancelación de la inscripción que tiene carácter provisional por defectos del documento, referido a la Escritura Pública Número 7778 de 27 de octubre de 1993, corrida ante la Notaría Primera del Circuito de Panamá y con nota marginal de fecha 15 de septiembre de 1997, documento presentado al Registro Público e ingresado bajo asiento 6 del Tomo 228 del Diario". (F. 5)

Como fundamento de dicha petición alega que consta en el Asiento 6 del Tomo 228 del Diario la inscripción de la citada Escritura Pública, mediante la cual se celebró "la supuesta venta" efectuada por la empresa LAVITA, S. A. (antes COMPAÑIA GONZALEZ ESTENOZ, S.A.) al señor S.M., de las Fincas N° 4916, inscrita al Tomo 716, Folio 468; N°4918, inscrita al Tomo 316, F. 474; Finca N° 2966, inscrita al Tomo 312, Folio 406; y N° 2743, inscrita al Tomo 271, Folio 260, todas de la Provincia de C..

Continúa señalando que el 15 de septiembre de 1997, el Registro Público ordenó poner nota marginal de advertencia a la inscripción del Asiento 6 del Tomo 228 del Diario, en vista de que dicha inscripción se practicó por error el 3 de marzo de 1994, sobre las cuatro fincas mencionadas anteriormente.

Igualmente, sostiene que el error al que se refiere la Dirección del Registro Público consiste en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR