Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 29 de Junio de 2007

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución29 de Junio de 2007
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Conoce la Sala Civil, en grado de apelación, del proceso ordinario marítimo, interpuesto por BEVERLY HILLS, S.A. contra MITSUI O.S.K LINES LTD por conducto de apoderado judicial, la firma forense DE CASTRO & ROBLES, contra la Sentencia No. 4 de 23 de junio de 2005, recurso éste que fue admitido por el tribunal de la causa, remitido a esta Sala y el cual se encuentra en etapa de decisión, a lo que se procede, previas las consideraciones que anteceden.

ANTECEDENTES

El Segundo Tribunal Marítimo de Panamá dictó la resolución correspondiente el 23 de junio de 2005, cuya parte resolutiva consiste en lo siguiente:

La suscrita Juez del Segundo Tribunal Marítimo de Panamá en consecuencia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: NEGAR LAS EXCEPCIONES formuladas por MITSUI O.S.K. LINES, LTD., dentro del proceso ordinario interpuesto por BEVERLY HILLS, S.A. que son:-La Excepción de inexistencia de legitimación para demandar de BEVERLY HILLS, S.A. -La excepción de inexistencia de la obligación, basada en que se entregó la mercancía al consignatario en las mismas condiciones en que fue recibida para el transporte. La excepción de inexistencia de la obligación basada en que pérdida de la mercancía cuyo valor se reclama ocurrió cuando la misma estaba en custodia del embarcador.- La excepción de inexistencia de la obligación, basada en que cualquier inexactitud en cuanto a la cantidad, calidad y descripción de la mercancía no le es atribuible (S.. 3 de COGSA). - La excepción de inexistencia de la obligación, basada en que la pérdida de la mercancía no es el resultado de causa que proceda de hecho o falta del transportista o de sus agentes ( Sección 4 (2 ), q, COGSA).- La excepción de Limitación de Responsabilidad, es decir limitar la responsabilidad, es decir limitar la responsabilidad a US$ 500.00 asimilando el paquete a el contenedor ( Sección 4 (5 ) COGSA) -La excepción de Limitación de responsabilidad, a la cantidad de US$ 8,500.00 asimilando paquete a los 17 pallets o plataformas de carga ( Sección 4 ( 5) COGSA

SEGUNDO: CONDENAR A MITSUI O.S.K. LINES, LTD a pagarle a la demandante BEVERLY HILLS, S.A. , la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOLARES CON 00/100 (US$ 263,000.00), en concepto de capital, más intereses respectivos, y las costas que ha generado el presente proceso, las que por el trabajo en derecho se calculan en la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ( US$ 45,450.00). Líquedese por la Secretaria del Tribunal las costas que determinan el artículo 430 en sus numerales 2, 3, y 4 una vez ejecutoriada la presente resolución

RESUMEN DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN

La firma forense DE CASTRO & ROBLES en tiempo oportuno, sustentó el recurso de apelación contra la sentencia comentada, cuyo escrito se lee de fojas 1160 a 1196 del expediente principal.

Observa la Sala, que el recurrente basa su recurso en las siguientes consideraciones:

  1. LA JUEZ DEL SEGUNDO TRIBUNAL MARÍTIMO DE PANAMÁ INCURRIÓ EN UNA FALLA EN LA APLICACIÓN CORRECTA DEL DERECHO APARENTEMENTE CONFUNDIENDO EL SIGNIFICADO DE A DESVIACIÓN DEL CONTRATO DE TRANSPORTE Y LA LIMITACIÓN DE TAL RESPONSABILIDAD

    En este punto, argumenta que COGSA limita la responsabilidad del Transportista a US$ 500.00 por paquete, por tanto el Segundo Tribunal Marítimode Panamá debió analizar en qué consistía o qué podía considerarse un paquete bajo COGSA. Sin embargo, el Segundo Tribunal Marítimo de Panamá evade el análisis correspondiente a la definición de paquetes según el Conocimiento de Embarque y se limita a analizar una supuesta A desviación del contrato A.

    Señala también que el STMP no falla que hubo desviación, sino que la limitación de responsabilidad no puede ser sustentada únicamente con el dicho del perito BLANCK, toda vez que existen otros elementos de hecho y derecho que conducen a obligar a la demandada por el valor total de la mercancía.

    Estima además, que la Juez aparenta imponer en la demandada la carga de probar que no hubo desviación y alega que la demandante debe probar desviación si quiere desvirtuar la limitación.

    En ese sentido, muestra su disconformidad respecto a la valoración de las pruebas, sostiene que al valorar el libro de texto del Prof. T.J.S. y la Ley COGSA, el STMP se limitó a citar que A el concepto de desviación y de incumplimiento esencial o sustancial se ha aplicado a algunos casos de culpa o negligencia por parte del transportista, aún en casos en que no se de una desviación geográfica y concluye que A la posición del perito B., en relación con la de los Profesores TETLEY Y SCHOENBAUM son totalmente disímiles en cuanto a los supuestos que permiten evitar la aplicación de la limitación de responsabilidad contenida en COGSA. De allí que los profesores TETLEY Y SCHOENBAUM, señalan que a través de la aplicación de la teoría del incumplimiento esencial del contrato o bajo el supuesto de la cuasi-desviación se puede evitar la limitación de responsabilidad A.

    Sostiene el recurrente, que el Prof. T. no analiza COGSA y que el Prof. Schoenbaum expresamente dice que la no entrega o la entrega inadecuada de la carga NO CONSTITUYE DESVIACIÓN SEGÚN LO DISPUESTO POR COGSA y la doctrina de la A cuasi-desviación NO ES CONSISTENTE CON COGSA Y NO DEBE SER EXTENDIDA.

    Seguidamente, alega que el STMP no consideró oportuno citar la definición de desviación por parte del Prof. Schoenbaum, quien indica que la desviación en COGSA se da por desviación GEOGRÁFICA INTENCIONAL, criterio que ratifica el perito R.B. en su interrogatorio cuando responde que si existe la noción de desviación bajo COGSA, pero se limita única y exclusivamente a desviación geográficas.

    En el punto segundo, señala lo siguiente :

  2. INCURRE LA JUEZ EN UN ERROR EN CUANTO A LA APLICACIÓN DE LOS PARÁMETROS REFERENTES A LA CARGA DE LA PRUEBA BAJO EL DERECHO ESTADOUNIDENSE, ESPECÍFICAMENTE COGSA.

    Alega que el ad-quo incurrió en error en su apreciación y aplicación del derecho sustantivo estadounidense, toda vez que intenta imputarle a la demandada la carga de probar que no existió desviación, cuando la carga le corresponde a la parte que intenta desvirtuar la limitación por paquete.

    En este punto, el apelante se refiere al peritaje de Blanck quien centraliza su experticia en la definición de paquete y sostiene que la demandante tiene que rebatir la definición de paquetes o desvirtuar la limitación de responsabilidad.

    Entonces, considera que según la correcta aplicación de la carga de la prueba, si la demandante llegara a probar alguna desviación que eliminara la posibilidad de la aplicación de la limitación por paquete, a la demandada le tocaría entonces probar que tal desviación fue justificada o razonable.

    Sostiene que, la demandada no tiene la carga de probar que existe una Ateoría o doctrina A que en algunos, muy limitados casos ( Schoenbaum) pueda desvirtuar la aplicación de la limitación de paquete de COGSA; el expediente está lleno de pruebas que en las circunstancias de este caso se aplica la limitación por paquetes ( Shoenbaum, Blanck ); no existe NADA en el expediente que refleje que en el caso que nos ocupa hubo...

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