Resolución Nº AUPSA-CTI-005-2007 de 13 de abril de 2007, "POR MEDIO DE LA CUAL SE APLICAN MEDIDAS FITOSANITARIAS, POR LA DETECCION DE PLAGAS EN MANZANAS (MALUS DOMESTICA) FRESCAS, PARA CONSUMO HUMANO Y/O TRANSFORMACION, IMPORTADAS DE CHILE"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESOLUCIÓN AUPSA - CTI - 005 - 2007

(De 13 de Abril de 2007)

"Por medio del cual se aplican Medidas Fitosanitarias, por la detección de plagas en manzanas (Malus domestica) frescas, para consumo humano y/o transformación, importadas de Chile."

LA COMISIÓN TÉCNICA INSTITUCIONAL,

en uso de sus facultades legalesCONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del país, mediante la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducción de alimentos al territorio nacional.

Que el Resuelto AUPSA-DINAN-012-2006 de 22 de Diciembre de 2006, establece que las manzanas (Malus domestica) frescas, deben estar amparadas por un certificado fitosanitario, expedido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen, el cual se certifique que el embarque procede de áreas libres de plagas cuarentenarias para Panamá y esta libre de insectos vivos de cualquier tipo, así como también de otros contaminantes biológicos, químicos y físicos.

Que el Certificado Fitosanitario Nº 0000075341 emitido por el Servicio Agrícola y Ganadero de Chile (SAG), establece que las manzanas enviadas en el contenedor identificado con No. MAEU580435-4 y verificado con la notificación Nº 22648 del día 4 de abril de 2007, "han sido debidamente inspeccionadas y/o analizadas con los procedimientos oficiales adecuados y se consideraron libres de plagas cuarentenarias, cumpliendo con el requisito fitosanitario exigido por Panamá, incluyendo lo relativo a plagas no cuarentenarias reglamentadas".

Que el Programa de Maestría en Entomología de la Universidad de Panamá, quien analizó los especímenes adultos remitidos, confirmó que se trata de cochinillas Pseudococcus longispinus y especímenes de Eriosoma lanigerum.

Que los resultados de las pruebas entomológicas...

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