Resolución Nº AUPSA-CTI-053-2007 de 4 de septiembre de 2007, 'POR MEDIO DEL CUAL SE APLICAN MEDIDAS FITOSANITARIAS, POR LA DETECCIÓN DE PLAGAS EN MANZANAS (MALUS DOMESTICA) FRESCAS, PARA CONSUMO HUMANO Y/O TRANSFORMACIÓN, IMPORTADAS DE CHILE'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESOLUCIÓN AUPSA - CTI - 053 - 2007

(De 04 de Septiembre de 2007)

"Por medio del cual se aplican Medidas Fitosanitarias, por la detección de plagas en manzanas (Malus domestica) frescas, para consumo humano y/o transformación, importadas de Chile."

LA COMISIÓN TÉCNICA INSTITUCIONAL,

en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del país, mediante la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducción de alimentos al territorio nacional.

Que el Resuelto AUPSA-DINAN-012-2006 de 22 de Diciembre de 2006, establece que las manzanas (Malus domestica) frescas, deben estar amparadas por un certificado fitosanitario, expedido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen, el cual se certifique que el embarque procede de áreas libres de plagas cuarentenarias para Panamá y esta libre de insectos vivos de cualquier tipo, así como también de otros contaminantes biológicos, químicos y físicos.

Que el Certificado Fitosanitario Nº 0000103178 emitido por el Servicio Agrícola y Ganadero de Chile (SAG), establece que las manzanas arribadas al Puerto de Colón, en Panamá, el día 22 de Agosto de 2007, en el contenedor identificado con No. EMCU5249380 y verificado con la notificación Nº 77091-IN del día 16 de Agosto de 2007, "Por la presente se certifica que las plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados descritos aquí se han inspeccionado y/o sometido a análisis de acuerdo con los procedimientos oficiales adecuados y se considera que están libres de plagas cuarentenarias especificadas por la parte contratante importadora y que cumplen los requisitos fitosanitarios vigentes de la parte contratante importadora, incluidos los relativos a las plagas no cuarentenarias reglamentadas."

Con declaración adicional: MANZANAS FRESCAS: "El envío fue sometido a tratamiento de fumigación con fosfina" "Partida Libre de Cydia...

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