Resolución Nº 55 de 7 de agosto de 2007, "POR EL CUAL EL CONSEJO NACIONAL DEL INSTITUTO PARA LA FORMACION Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS, MODIFICA EL REGLAMENTO DE CREDITO EDUCATIVO PARA ESTUDIOS DE PREMEDIA Y MEDIA DEL IFARHU."

REPUBLICA DE PANAMA

INSTITUTO PARA LA FORMACION Y APROVECHAMIENTO

DE RECURSOS HUMANOS

Resolución No._55_

Panamá, 7 de agosto de 2007

POR EL CUAL EL CONSEJO NACIONAL DEL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS, MODIFICA EL REGLAMENTO DE CRÉDITO EDUCATIVO PARA ESTUDIOS DE PREMEDIA Y MEDIA DEL IFARHU.

EL CONSEJO NACIONAL DEL IFARHU

en uso de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Panamá, en su Artículo 102, dispone que el estado establecerá sistemas que proporcionen los recursos adecuados para otorgar becas, auxilios y otras prestaciones económicas a los estudiantes que lo merezcan o lo necesiten.

Que a través de la Resolución No. 29 de 14 de febrero de 2007, se reglamentan los Créditos Educativos para estudios de premedia y media del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos.

Que el Artículo 27 de la Resolución No.29 de 14 de febrero de 2007 le otorga al Consejo Nacional del IFARHU la facultad de modificar, reformar y derogar por decisión mayoritaria, el presente reglamento de crédito educativo.

Que se hace necesario modificar el Artículo 1 del Reglamento de Crédito Educativo para estudios de Premedia y Media a fin de incluir los créditos educativos dirigidos a estudiantes de educación primaria.

Por lo anterior, el Consejo Nacional del IFARHU.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

Apruébese las modificaciones del Reglamento de Crédito Educativo para Estudios de Premedia y Media del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos, que quedará así:

REGLAMENTO DE CRÉDITO EDUCATIVO

PARA ESTUDIOS DE PRIMARIA, PREMEDIA Y MEDIA.

Capítulo I Artículos 1 y SEGUNDO

Generalidades y Requisitos

Artículo 1

El Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos concederá créditos educativos a los padres o acudientes para financiar estudios de sus hijos o acudidos en los niveles de primaria, premedia y media, en centros educativos oficiales o particulares del país.".

ARTICULO...

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