Resolución de Gabinete Nº 95 de 18 de junio de 2008, "QUE DECLARA ÁREA DE DESARROLLO ESPECIAL PARA SU APROVECHAMIENTO TURÍSTICO, UN SECTOR DEL TERRITORIO INSULAR EN EL ARCHIPIÉLAGO DE BOCAS DEL TORO"

RESOLUCIÓN DE GABINETE No. 95

(de 18 de junio de 2008)

Que declara Área de Desarrollo Especial para su aprovechamiento turístico, un sector del territorio insular en el Archipiélago de Bocas del Toro

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 19 de la Ley 2 de 2006, Que regula las concesiones para la inversión turística y la enajenación de territorio insular para fines de su aprovechamiento turístico y dicta otras disposiciones, establece que el Consejo de Gabinete, por recomendación del Ministerio de Economía y Finanzas y del Instituto Panameño de Turismo, podrá declarar como áreas de desarrollo especial para su aprovechamiento turístico, las áreas del territorio insular que reúnan especiales condiciones para la atracción turística, en atención a lo dispuesto en el artículo 291 de la Constitución Política, siempre que la inversión por realizarse, aparte de su impacto económico, garantice la generación de un número de empleos significativos para el área;

Que, mediante la Resolución de Gabinete No.41 de 13 de febrero de 1996, se declaró constituida en Zona de Desarrollo Turístico de Interés Nacional el área denominada Zona 2, Bastimentos;

Que, desde la declaratoria de dicha área como Zona de Desarrollo Turístico de Interés Nacional, no se ha logrado fomentar el desarrollo de facilidades e infraestructuras turísticas en toda la región del Archipiélago de Bocas del Toro;

Que dentro del Archipiélago de Bocas del Toro existen islas, islotes y...

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