Resuelto Nº ARAP No. 07 de 8 de agosto de 2008, "POR EL CUAL SE DECLARA COMO ZONA ESPECIAL DE MANEJO MARINO-COSTERA LA ZONA SUR DE VERAGUAS, UBICADA ENTRE LOS DISTRITOS DE MONTIJO, SONÁ Y MARIATO DE LA PROVINCIA DE VERAGUAS".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ

ADMINISTRACIÓN GENERAL

RESUELTO ARAP No. 07 de 8 de agosto de 2008.

"Por el cual se declara como Zona Especial de Manejo Marino-Costera la Zona Sur de Veraguas, ubicada entre los distritos de Montijo, Soná y Mariato de la provincia de Veraguas".

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD

DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que al sur de los Distritos de Soná y Mariato, ambos ubicados en la Provincia de Veraguas, se ha observado disminución en poblaciones importantes tanto de crustáceos, moluscos, como de peces; de igual forma, modificaciones de ecosistemas, pérdidas económicas considerables y conflictos entre los diversos usuarios sobre el uso, la ordenación y el manejo de los recursos, lo que representa una amenaza para la sostenibilidad de los recursos marino-costeros de esa área.

Que en comunidades costeras como Playa Malena, ubicada en el Corregimiento de Llano de Catival del Distrito de Mariato, desde finales de los años noventa y principios del año dos mil, la población ha tenido la iniciativa de conservar las tortugas marinas de esa área, al observar con gran preocupación la disminución de esta especie en sus playas.

Que existen algunas medidas de manejo, como el programa de conservación de Playa Malena, el cual tiene como objetivo la recuperación y protección de las poblaciones de tortugas marinas en las playas de Malena, Cascajilloso, Morrillo y Palo Seco; no obstante, este objetivo también debe incluir la recuperación de otras especies marino-costeras tanto de animales como vegetales que han sido afectadas negativamente.

Que tanto los usuarios directos, como los administradores, técnicos, científicos y conservacionistas, han manifestado que existe un aumento desmedido de la explotación de los recursos marino-costeros del área y que, para controlar esta situación, es preciso activar un proceso de manejo integrado, a fin de ordenar los diversos elementos que intervienen en la modificación de los ecosistemas marino-costeros y establecer un equilibrio entre ellos, lo que posibilita su conservación, recuperación, el manejo adecuado y sostenible de los mismos.

Que los artículos 119 y 120 de la Constitución Política de la República de Panamá disponen, respectivamente, que el Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas, y que el Estado reglamentará, fiscalizará y aplicará...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR