Acuerdo Nº 13 de 25 de marzo de 2008, 'POR EL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO NO. 22 DE 1 DE JUNIO DE 2004, QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE VENTA, ARRENDAMIENTO, Y USO DE LOS TERRENOS Y LOTES QUE FORMAN PARTE DE LAS ÁREAS O EJIDOS MUNICIPALES Y SE REGLAMENTA SU ADJUDICACIÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES'

DISTRITO DE ARRAIJÁN

CONSEJO MUNICIPAL

ACUERDO Nº 13

(De 25 de marzo de 2008)

"Por el cual se modifica el Acuerdo No. 22 de 1 de junio de 2004, que establece el Procedimiento de Venta, Arrendamiento, y uso de los Terrenos y Lotes que forman parte de las Áreas o Ejidos Municipales y se reglamenta su Adjudicación y se dictan otras disposiciones"

EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ARRAIJAN, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo No. 22 de 1 de junio de 2004 se establece el procedimiento de Venta, Arrendamiento, y Uso de los Lotes que forman parte de las Áreas o Ejidos municipales y se reglamenta su adjudicación.

Que el desarrollo urbanístico dado en el distrito, sumado a la gran red de servicios públicos que cubre la mayoría de las poblaciones, ha provocado la perdida del desarrollo de Vocación Agrícola de los lotes, y demás áreas que forman parte de fincas municipales y que se reconocía por la Reforma Agraria cuando estas fincas eran de su propiedad en los años anteriores a las décadas de los 80 y 90, antes de que se transfirieran estas a propiedad del municipio para desarrollo urbano del Distrito.

Que como consecuencia de lo anterior se hace necesario revaluar los precios de los lotes que ocupados y no formalizada su venta mantienen por sus ocupantes un desarrollo de actividades agrícolas,

Que es atribución de los Consejos Municipales reglamentar el uso, arrendamiento, venta y adjudicación de solares y lotes y demás bienes municipales que se encuentren dentro de las áreas y ejidos de las poblaciones; así como establecer, impuestos tasas, derechos y contribuciones de conformidad con las leyes para atender los gastos de la administración, servicios e inversiones municipales, de conformidad con los numerales 15 y 8 del artículo 17 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, Reformada por la Ley 52 de 12 de diciembre de 1984.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO

El Artículo 29 del Acuerdo 22 de 1 de junio de 2004 quedará así:

ARTICULO 29

Para los efectos señalados en este Acuerdo, los Lotes o Solares Municipales se clasifican así:

a). Lotes ocupados por viviendas y explotados agrícolamente mediante contrato de adjudicación a título gratuito, arrendamiento, usufructo u cualquier otro título con la Nación, antes de ser traspasadas o adjudicadas las fincas de la cual forman parte al Municipio,

b). Los lotes...

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